El plazo para formular la reclamación a las cláusulas abusivas debe empezar a computar desde 2017
La Audiencia de Barcelona ha fijado este criterio en una reciente sentencia
El caso lo ha llevado el despacho Arriaga Asociados y el consumidor ha estado asistido por el abogado José María Ortiz Serrano. (Imagen: E&J)
El plazo para formular la reclamación a las cláusulas abusivas debe empezar a computar desde 2017
La Audiencia de Barcelona ha fijado este criterio en una reciente sentencia
El caso lo ha llevado el despacho Arriaga Asociados y el consumidor ha estado asistido por el abogado José María Ortiz Serrano. (Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Barcelona ha fijado, en una reciente sentencia, el criterio para computar el plazo para formular reclamación a las cláusulas abusivas. La Sala de lo Civil ha resuelto, por mayoría, que debe empezar a computar desde enero de 2017, cuando hay elementos que le permiten afirmar que un consumidor medio era consciente de los derechos que la Directiva 93/13 le reconoce contra una cláusula abusiva de gastos.
Así lo establece en la sentencia 62/2024, de 15 de marzo, que firman los magistrados Juan F. Garnica Martín (presidente y ponente), José María Ribelles Arellano, Luis Rodríguez Vega, Manuel Díaz Muyor, Marta Cervera Martínez y Nuria Lefort Ruiz de Aguiar. Cuenta con el voto particular discrepante de uno de los magistrados, Luis Rodríguez Vega.
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