El Tribunal determina que la nota de corte para continuar en un proceso selectivo será la de la convocatoria actual, no la del proceso original
La sentencia del TS establece que la nota de corte a aplicar en la prueba psicotécnica debe ser la de la convocatoria en que finalmente se efectúe la prueba
(Foto: Cuerpo Nacional de Policía)
El Tribunal determina que la nota de corte para continuar en un proceso selectivo será la de la convocatoria actual, no la del proceso original
La sentencia del TS establece que la nota de corte a aplicar en la prueba psicotécnica debe ser la de la convocatoria en que finalmente se efectúe la prueba
(Foto: Cuerpo Nacional de Policía)
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4.ª) núm. 497/2024, de 20 de marzo de 2024 (R. Casación: 8601/2021)
Antecedentes del caso
- El recurrente participó en el proceso selectivo convocado por resolución de 11 de abril de 2018, para ingresar mediante oposición libre en la Escuela Nacional de Policía y, posteriormente, en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía.
- El recurrente fue declarado «no apto» en la segunda parte de la tercera prueba, consistente en una «entrevista personal».
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