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El Supremo deniega a un hombre el acceso al complemento de maternidad de su pensión de jubilación, pese a que cumplía los requisitos vigentes

El Alto Tribunal ha tomado esta decisión tras aplicar el principio de "cosa juzgada administrativa"

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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El Supremo deniega a un hombre el acceso al complemento de maternidad de su pensión de jubilación, pese a que cumplía los requisitos vigentes

El Alto Tribunal ha tomado esta decisión tras aplicar el principio de "cosa juzgada administrativa"

(Imagen: E&J)

El Tribunal Supremo ha denegado el acceso al complemento de maternidad de la pensión de jubilación a un hombre que cumplía los requisitos vigentes, a pesar de que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 estableció que el complemento de maternidad no podía ser denegado a los hombres por el mero hecho de serlo. Un rechazo que el Alto Tribunal ha justificado basándose en que el interesado ya había presentado una solicitud idéntica, que fue denegada y nunca recurrida, lo que activó el efecto de «cosa juzgada administrativa».

Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), el solicitante, jubilado desde 2018, presentó su primera petición para el complemento de maternidad en 2020, invocando el derecho que el TJUE reconoció a los hombres en el Régimen General de la Seguridad Social. Sin embargo, en 2021, su solicitud fue rechazada argumentando que el complemento solo estaba destinado a mujeres en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, el sistema aplicable a empleados públicos.



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