A propósito de la concatenación de nombramientos sucesivos de funcionarios interinos
El Supremo reafirma que la concatenación de nombramientos temporales no da derecho automático a la fijeza sin proceso selectivo
Imagen de recurso de un docente. (Imagen: E&J)
A propósito de la concatenación de nombramientos sucesivos de funcionarios interinos
El Supremo reafirma que la concatenación de nombramientos temporales no da derecho automático a la fijeza sin proceso selectivo
Imagen de recurso de un docente. (Imagen: E&J)
Si bien ha sido objeto ya de numerosos pronunciamientos entre compañeros y doctrina, queremos traer a colación esta semana, la sentencia dictada el pasado 25 de febrero, en línea con otras dictadas el pasado mes, sobre similar materia: las consecuencias de los nombramientos sucesivos en la administración de los empleados que los concatenan durante años sucesivos y reclaman la pretendida fijeza.
En esta ocasión, se trata de la sentencia dictada el 25 de febrero, siendo ponente el Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva.
Las partes en litigio son un funcionario interino, profesor de francés, durante más de veintinueve años, y el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Las cuestiones sometidas a interés casacional resultan ser:
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