¿Me puedo negar a fichar con el móvil personal?
Resolvemos las dudas que suscita entre trabajadores y empresas la nueva normativa sobre registro de jornada acerca del uso de dispositivos personales como método de fichaje

(Imagen: cedida a E&J)
¿Me puedo negar a fichar con el móvil personal?
Resolvemos las dudas que suscita entre trabajadores y empresas la nueva normativa sobre registro de jornada acerca del uso de dispositivos personales como método de fichaje

(Imagen: cedida a E&J)
El uso del móvil personal para registrar la jornada laboral es cada vez más común. Sin embargo, muchos trabajadores se preguntan si es legal que la empresa les obligue a utilizar su propio dispositivo para fichar. La respuesta corta es: sí puedes negarte. Veamos por qué.
¿Es legal que me obliguen a fichar con mi móvil personal?
No. El principio básico de la normativa laboral y de protección de datos establece que el trabajador no tiene obligación de usar medios propios para cumplir con las exigencias de la empresa. El teléfono móvil personal entra dentro de ese ámbito.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el propio Estatuto de los Trabajadores señalan que los dispositivos personales son privados, y la compañía debe poner a disposición de la plantilla los medios necesarios para registrar la jornada.
¿Qué alternativas tiene la empresa?
Si no se quiere fichar con el móvil personal, la empresa está obligada a habilitar otros métodos de control horario digital. Algunos ejemplos son:
- Un móvil o tablet corporativo.
- Un sistema de fichaje mediante códigos QR o PIN en la oficina.
- Dispositivos físicos (lectores NFC, tarjetas, terminales).
- Aplicaciones accesibles desde ordenador del centro de trabajo.
¿Qué pasa si me niego a fichar con mi móvil personal?
El trabajador no puede ser sancionado por negarse a usar su propio dispositivo. Si la empresa insiste en que se debe hacer el fichaje desde el móvil, tendrá que proporcionar uno para uso laboral o facilitar un método alternativo.
Lo que sí sería sancionable es negarse a fichar de cualquier forma: la obligación legal de registrar la jornada existe desde 2019 y se refuerza con la nueva Ley de control horario, que exige sistemas digitales inalterables y accesibles.
¿Se puede fichar desde WhatsApp?
El borrador de la consulta pública no menciona de forma expresa el uso de WhatsApp como sistema válido de fichaje. Lo que sí establece el texto es que el sistema de registro de jornada debe cumplir unos requisitos mínimos:
- Objetividad, fiabilidad, trazabilidad y accesibilidad
- Identificación personal y directa del trabajador y de las interrupciones
- Preferencia por que el registro sea electrónico, con mecanismos de verificación de identidad y garantías informáticas (ej. sellos de tiempo)
- Acceso inmediato y remoto para empresa, trabajadores, representación legal y la Inspección de Trabajo
Con estos criterios, un fichaje por WhatsApp no cumpliría en principio con los estándares exigidos: carece de trazabilidad robusta, verificación de identidad automática y garantías de autenticidad. El Real Decreto apunta más bien hacia sistemas electrónicos dedicados (apps, plataformas o terminales homologados).
¿Qué aplicaciones se pueden usar para fichar desde el móvil?
Hoy en día existen múltiples aplicaciones de control horario que permiten fichar desde cualquier dispositivo sin necesidad de que el trabajador use su móvil personal. La empresa puede instalarlas en terminales propios o habilitar ordenadores y tablets para el fichaje.
Algunas de las más utilizadas son:
- Intratime, que cuenta con una plataforma para fichar desde el smartphone mediante distintos sistemas.
- Kronjop, aplicación para registro de horas para autónomos con empleados y pymes; sencilla, económica y con asesoramiento para cumplir la normativa sin complicaciones.
- Apploye, con opciones de fichaje multiplataforma y gestión de RRHH.
- Tick, configurable para seguimiento diario, semanal o mensual.
- Jibble, que dispone de un plan gratuito, aunque limitado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo negarme a fichar con huella o reconocimiento facial?
Sí. El uso de biometría está prohibido en el control horario por motivos de protección de datos.
¿Tengo que fichar si teletrabajo?
Sí. El control horario es obligatorio tanto en trabajo presencial como remoto. La aplicación debe permitir fichar en cualquier modalidad.
¿Se registran también las pausas?
Depende del convenio. La guía del Ministerio de Trabajo exige reflejar descansos y pausas significativas, especialmente si afectan al cómputo de jornada.
¿Qué ocurre si la empresa no lleva un registro válido?
La Inspección de Trabajo puede imponer sanciones que van desde 751 hasta 10.000 euros por trabajador afectado.
