Despedido un trabajador de Ryanair por increpar de manera violenta y amenazante a una compañera: “Espero que no te pase nada malo”
El trabajador profirió en tono elevado y alterado expresiones ofensivas, guardando una de ellas relación con la situación de incapacidad temporal por cáncer de la que acababa de salir su compañera
(Imagen: E&J)
Despedido un trabajador de Ryanair por increpar de manera violenta y amenazante a una compañera: “Espero que no te pase nada malo”
El trabajador profirió en tono elevado y alterado expresiones ofensivas, guardando una de ellas relación con la situación de incapacidad temporal por cáncer de la que acababa de salir su compañera
(Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha declarado procedente el despido disciplinario de un agente de pasaje de la aerolínea Ryanair que, de manera violenta y amenazante, intimidó verbalmente a una compañera de trabajo por la asignación de turnos que le habían puesto.
La Sala de Social considera que la actuación del empleado “carece de toda justificación” por cuanto profirió malos tratos de palabra y faltas grave de respeto a su compañera de trabajo, más teniendo en cuenta que una de las cosas que le dijo en tono amenazante —“espero que no te pase nada malo”— guardaba relación con la situación de incapacidad temporal por cáncer de la que había salido hacía escasos meses la trabajadora.
El caso
La sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) llega a raíz de que la aerolínea comunicase al trabajador su despido por motivos disciplinarios después de que tuviera lugar un incidente en la oficina de administración de la compañía aérea en el aeropuerto de Palma, donde el actor se personó para recriminar a la empleada, responsable de administración, una reducción de horas que le habían comunicado tras la revisión de programación de turno y horas anuales.

(Imagen: E&J)
Con un tono muy elevado y alterado, el actor comenzó a recriminarle a su compañera de forma amenazante la asignación de los turnos, lanzando comentarios como “esa es tu manera de tratar al personal, como perros, como putos perros, me tienes hasta los cojones”.
La responsable de administración, por su parte, intentó calmar al actor indicándole que sus quejas las debía trasladar a la persona correspondiendo, a lo que este salió gritando de la oficina y dando un portazo para seguidamente volver a entrar en el habitáculo y continuar recriminándole que recibía un trato discriminatorio en comparación con otros trabajadores.
A pesar de que la trabajadora mantuvo la calma, pidiendo al actor que no la tomara con ella, éste respondía que sí tenía que tomarlo contra ella porque era la máxima responsable. Ante esta afirmación, la cual es falsa ya que la responsable de administración no es la máxima responsable del aeropuerto, la mujer mostró una sonrisa, siendo que a continuación el actor le gritó con tono aún más amenazante y violente: “Te estás riendo en mi puta cara”.
Durante todo el tiempo que duro el incidente, el cual fue presenciado por otros trabajadores que se encontraban en la oficina, el trabajador permaneció de pie, acercándose cada vez más e invadiendo el mínimo espacio personal de su compañera, gritando y gesticulando, e intimidando a la misma, quien tuvo que retroceder al tener la sensación de que en cualquier momento podría agredirle físicamente.
Finalmente, cuando el trabajador se disponía a irse le lanzó la siguiente amenaza a la responsable de administración: “Espero que no te pase nada malo en diciembre”; una expresión que guardaba relación con la situación de incapacidad temporal por cáncer de la que acababa de salir la mujer, lo cual era conocido por el actor.
Tal fue la intimidación y amenaza que el trabajador ejerció sobre su compañera que la misma se vio en la necesidad de denunciar los hechos a la Policía, además de necesitar teletrabajar al día siguiente.
En consecuencia de lo anterior, la dirección de la empresa impuso al actor la sanción de despido disciplinario al considerar que su actuación suponía faltas laborales muy graves.

(Imagen: E&J)
El despido es procedente por cuanto el comportamiento supuso faltas muy graves
Aunque el Juzgado de lo Social número 3 de Palma declaró el despido como improcedente, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha anulado el fallo judicial del Juzgado y ha declarado la procedencia del despido.
Para los magistrados es evidente que la actuación del trabajador supuso unos malos tratos de palabra y falta grave de respeto y consideración a su compañera de trabajo, lo que viene tipificado como falta muy grave en el convenio aplicable.
“La actuación del demandante carece de toda justificación”, afirma el Tribunal. Además, por parte de la trabajadora no hubo ninguna provocación ni respondió al actor con ofensas o malos trataos de palabras, sino que intentó calmarlo, mientras que éste persistió en su actitud. A ello se une el hecho de que una de las cosas que dijo el demandante a la responsable de administración “no puede desligarse de la situación de incapacidad temporal por cáncer de la que había salido hacía escasos dos meses”, afirma la Sala.
Por todo ello, el despido disciplinario ha de calificarse como procedente, sin que pueda tenerse en cuenta para declarar la improcedencia del despido el hecho de que al actor no se le hayan impuesto anteriormente sanciones disciplinarias “o los cuatro años de antigüedad en la empresa”.




