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Jurisprudencia

La reciente sentencia del Supremo pone fin a la disputa anual en Navidad entre trabajadores y empresarios: adiós a la cesta navideña

Por fin el Tribunal Supremo avala sustituir la cesta de Navidad por una tarjeta regalo

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 3 min

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Jurisprudencia

La reciente sentencia del Supremo pone fin a la disputa anual en Navidad entre trabajadores y empresarios: adiós a la cesta navideña

Por fin el Tribunal Supremo avala sustituir la cesta de Navidad por una tarjeta regalo

(Imagen: E&J)

Una polémica que llega a su fin. El Tribunal Supremo ha zanjado un debate que se repetía cada diciembre en muchas empresas: ¿puede el empresario sustituir la tradicional cesta de Navidad por una tarjeta regalo de igual valor? La respuesta es sí, según la reciente sentencia dictada por la Sala de lo Social del Alto Tribunal, a fecha 17 de septiembre de 2025, que resuelve el conflicto colectivo surgido en la cadena de perfumerías Douglas (algunos trabajadores no estaban de acuerdo ya que decían que la cesta era de un importe superior al cheque, ya que la empresa había computado los gastos de trasportes de cesta entre otros).

El caso enfrentaba a la empresa con la representación sindical de sus trabajadores, quienes alegaban que la cesta navideña constituía una condición más beneficiosa consolidada en el tiempo. A su juicio, ofrecer una alternativa de una tarjeta regalo de 100 euros suponía una modificación unilateral de ese derecho adquirido.

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La decisión del Supremo: no hay vulneración de derechos

El Alto Tribunal, sin embargo, no comparte esa interpretación. La Sala de lo Social considera que la empresa no ha suprimido el beneficio, sino que lo ha modernizado, manteniendo su esencia: un obsequio de carácter social y no retributivo.

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El Supremo subraya que la medida no discrimina ni perjudica a los trabajadores, ya que cada uno puede elegir libremente entre dos opciones de igual valor, la tradicional cesta de Navidad, o una tarjeta regalo por importe de 100 euros. Por tanto, la compañía conserva la práctica de ofrecer un detalle navideño, adaptado a las nuevas formas de consumo y gestión empresarial.

Qué es una “condición más beneficiosa” y por qué importa

En el Derecho laboral español, una condición más beneficiosa (CMB) es una ventaja o beneficio que la empresa concede voluntariamente y de manera continuada a su plantilla. Con el tiempo, esa práctica puede integrarse en el contrato de trabajo, y el empresario no puede eliminarla unilateralmente sin una causa justificada o sin acuerdo con los trabajadores.

Hasta ahora, muchos tribunales interpretaban las CMB de forma rígida: si el beneficio se consolidó bajo una forma determinada (por ejemplo, una cesta física), no podía alterarse, aunque se ofreciera una alternativa equivalente. Esa visión chocaba con la realidad de muchas empresas que buscaban formas más sostenibles y prácticas de mantener sus políticas sociales.

(Imagen: E&J)

La novedad jurisprudencial: el valor prevalece sobre la forma

La STS de 17 de septiembre de 2025 marca un punto de inflexión. El Supremo adopta una postura más flexible y adaptada a los tiempos: lo relevante no es el envoltorio, sino la finalidad del beneficio. “Si el trabajador conserva la posibilidad de recibir el mismo valor económico y la misma consideración social del obsequio, no se ha producido lesión alguna de su derecho”, sostiene el Tribunal.

En otras palabras, el formato puede evolucionar siempre que se mantenga su naturaleza y valor. El fallo reconoce, además, que la posibilidad de elección refuerza la igualdad, al ofrecer a cada empleado la opción que prefiera sin imposiciones.

Implicaciones para empresas y trabajadores

La doctrina que emana de este caso tiene consecuencias prácticas:

  • Flexibiliza la gestión empresarial, permitiendo adaptar beneficios tradicionales sin temor a litigios.
  • Clarifica el alcance de las CMB, evitando que cualquier gesto reiterado se convierta en una obligación inmutable.
  • Moderniza el concepto de beneficio social, desligándolo del formato físico y acercándolo a la realidad digital y de consumo actual.
  • Aporta seguridad jurídica en un terreno sensible, donde lo simbólico y lo jurídico suelen entrelazarse.

Más allá de la cesta: una reflexión sobre la cultura laboral

El asunto Douglas trasciende lo anecdótico. Refleja una transición cultural en las relaciones laborales: del paternalismo tradicional al reconocimiento flexible. La cesta de Navidad símbolo de estabilidad y pertenencia se reinterpreta como un gesto adaptable, donde la libertad de elección sustituye a la imposición de la costumbre.

En este sentido, el Supremo no elimina la tradición, sino que la actualiza, permitiendo que la “cesta” siga existiendo, aunque cambie de forma.

Con la sentencia de 17 de septiembre de 2025, el Tribunal Supremo sienta una doctrina que equilibra tradición y modernidad. La cesta o la tarjeta no son opuestos, sino expresiones distintas de un mismo gesto de gratitud empresarial. El Derecho laboral, lejos de anclarse en la nostalgia, demuestra su capacidad para adaptarse a los nuevos tiempos sin renunciar a la protección del trabajador.

En definitiva, el Supremo ha recordado algo esencial: el valor del detalle no está en su contenido, sino en su significado.

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