Renfe despide a una trabajadora por cobrar las indemnizaciones por retrasos que los viajeros no reclamaban
La mujer utilizó las claves personales de otro compañero para visualizar los billetes y solicitar las indemnizaciones de varios trenes, llegando a cobrar casi 2.000 euros
(Imagen: Renfe)
Renfe despide a una trabajadora por cobrar las indemnizaciones por retrasos que los viajeros no reclamaban
La mujer utilizó las claves personales de otro compañero para visualizar los billetes y solicitar las indemnizaciones de varios trenes, llegando a cobrar casi 2.000 euros
(Imagen: Renfe)
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía ha confirmado la procedencia del despido disciplinario ejecutado por Renfe contra una trabajadora que logró apropiarse de casi 2.000 euros cobrando las indemnizaciones de los billetes que habían sufrido retrasos y que los viajeros no habían llegado a reclamar.
Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), Renfe Viajeros SME SA tuvo conocimiento de los hechos que motivaron el despido disciplinario del que fue objeto la empleada a raíz de que desde la estación de Sevilla se informara a la Jefa de Terminales Viajeros Andalucía Occidental que una persona se había presentado en la estación en diferentes días para solicitar indemnizaciones por retrasos de varios trenes a la vez, adjuntándose los billetes indemnizados. Lo sospechoso es que eran trenes de distintas relaciones, de distinto canal de venta y que en todo, como elemento común, se había esperado para solicitar la indemnización unos 50 días aproximadamente.
Por lo que la empresa intuyó que podía tratarse de un trabajador que tuviera acceso a toda la información de los billetes, con un perfil máximo de visualización de localizadores, así como autorización y claves de acceso a las aplicaciones que usa Renfe, y concretamente la Gerencia de Renfe Viajeros y Análisis Comercial, ya que el modus operanti de esa persona, o personas, era consultar los billetes y posteriormente imprimirlos en MOL.

(Imagen: E&J)
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La empresa informó en una reunión, en la que se encontraba presente la actora, que había iniciado una investigación abierta en relación con unos billetes reintegrados por retrasos de trenes y que para ello se estaban utilizando claves de MOL con máximo nivel de visualización. Aunque Renfe hasta entonces no tenía sospechas de que había sido la actora la autora de los hechos, finalmente fue ésta quien reconoció ante la empresa ser la autora de los reintegros de los billetes y devolvió el importe total que había obtenido de ello, 1.994 euros.
La empleada indicó que, a pesar carecer de autorización para sacar los billetes de los trenes indemnizaciones ni esas actividades estaban dentro de sus cometidos, para lograr cobrar el dinero había utilizado la clave de otro trabajador, gracias a la cual pudo para visualizar los billetes, y también utilizó otra clave que utilizaban en común para imprimir por MOL los billetes.
Una vez reconocidos los hechos por la empleada, Renfe cesó en sus actuaciones de investigación y notificó a la trabajadora carta de despido disciplinario, previa tramitación de expediente disciplinario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores (despido disciplinario por incumplimiento contractual de «la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo») en relación a los apartados 11º («Los robos, hurtos, estafas, apropiaciones indebidas o retenciones de fondo con ánimo de lucro personal o a favor de terceros) y 26º del artículo 459 de la Normativa Laboral vigente de Renfe Operadora, como consecuencia del incumplimiento grave y culpable por la trabajadora de sus obligaciones.

(Imagen: E&J)
El Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla declaró procedente el despido disciplinario y, aunque la actora recurrió en suplicación la sentencia, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la resolución del Juzgado.
La trabajadora alegaba en su recurso, entre otras cosas, que Renfe le podría haber impuesto otra sanción disciplinaria menos grave que el despido, sin embargo, el Tribunal ha tenido en cuenta el grado de intencionalidad en los hechos cometidos. Pues la actora tenía preconcebido y estudiado un plan que ejecutó, pues hubo premeditación en el método usado para apropiarse de los reintegros de billetes AVE afectados por retrasos; empleó un uso fraudulento de las claves personales de otros trabajadores, lo que implica que urdiera en diferentes momentos temporales un plan para poder llevar a cabo dicha apropiación; y, además, con su actuación ocasionó, a sabiendas de ello, un perjuicio económico a la empresa.
“Urdió un plan para detectar billetes con posibilidad de devolución de importe, lo que supone haber estado muchas horas buscando información, primero viendo qué trenes llegaron con retraso, segundo qué billetes de esos trenes fueron pagados en metálico y tercero comprobando si habían sido devueltos, lo que implica emplear muchas horas en buscar información en un ordenador”, señala la Sala de lo Social.
Igualmente, el Tribunal entiende que Renfe actuó de manera correcta a la hora de imponer el despido como sanción disciplinaria porque en una empresa como es esa, “con miles de trabajadores, y que manejan fondos de la empresa, permitir o tolerar estas conductas sería devastador”.

