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El caso Obelix: de la popularidad de un personaje al renombre de una marca

El TGUE entiende que cada una de las marcas registradas indica por separado el origen comercial de los bienes y servicios en cuestión

Detalle de la portada de 'Astérix en Lusitania'. (Imagen: Bruño)

Jesús Gómez Montero

Socio honorario Elzaburu y exletrado de la Oficina Española de Patentes y Marcas




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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El caso Obelix: de la popularidad de un personaje al renombre de una marca

El TGUE entiende que cada una de las marcas registradas indica por separado el origen comercial de los bienes y servicios en cuestión

Detalle de la portada de 'Astérix en Lusitania'. (Imagen: Bruño)

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha dictado el pasado 13 de mayo de 2026 (T-24/25) la sentencia sobre el caso Obelix. La cuestión principal que se debatía es si la editorial Editions Albert René, titular de la marca registrada que identifica al famoso personaje, podía impedir el registro de la marca Obelix que un tercero también había registrado en la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) para distinguir armas, proyectiles y otros productos del sector armamentístico.

A continuación exponemos los hechos y fundamentos mas interesantes de la sentencia, pudiendo adelantar que el TGUE anula la resolución de la Sala de Recursos de la EUIPO que había desestimado la petición de nulidad de la marca.

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No obstante, el asunto aún no tiene una resolución definitiva, pues deberá volver a la EUIPO para que su Sala de Recursos emita una nueva decisión sobre la base de las directrices que el TGUE le marca en la sentencia.

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