Expulsado un abogado de un juicio por no hablar en español
En la AN, el uso de lenguas autonómicas es un derecho exclusivo de los acusados y no de los letrados
(Imagen: E&J)
Expulsado un abogado de un juicio por no hablar en español
En la AN, el uso de lenguas autonómicas es un derecho exclusivo de los acusados y no de los letrados
(Imagen: E&J)
El pasado 8 de junio, durante el juicio celebrado en la Sección Segunda de la Audiencia Nacional en Madrid contra 16 personas acusadas de enaltecimiento del terrorismo, el presidente del tribunal, Fernando Andreu, expulsó de la sala al abogado Santiago González Arias por negarse a utilizar el castellano y empeñarse en intervenir solo en euskera.
El magistrado, que advirtió al letrado en varias ocasiones que debía utilizar la lengua castellana antes de proceder a su expulsión, le recordó que el derecho a utilizar la lengua autonómica solo corresponde a los acusados.
La regulación sobre la utilización del castellano y de las lenguas autonómicas en los juicios celebrados en España está establecida principalmente en el artículo 231 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el artículo 142 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Y, en lo relativo al fondo de la causa penal, el fiscal, José Perals, solicita para los acusados penas de hasta dos años y nueve meses de prisión, además de multas e inhabilitaciones.
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