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Noticias Jurídicas

Crisis en Ceuta: la Audiencia Nacional respalda a la magistrada Tardón frente a críticas de Marlaska

La Sala de Gobierno invoca la Constitución, la independencia de poderes y la regulación de la policía judicial para avalar la actuación de María Tardón

(Imagen: E&J)

Pablo Javier Deheza

Periodista y redactor E&J




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Crisis en Ceuta: la Audiencia Nacional respalda a la magistrada Tardón frente a críticas de Marlaska

La Sala de Gobierno invoca la Constitución, la independencia de poderes y la regulación de la policía judicial para avalar la actuación de María Tardón

(Imagen: E&J)

La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional emitió el pasado viernes un acuerdo de respaldo explícito a la magistrada María Tardón Olmos, titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, frente a las críticas que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, había trasladado un día antes a la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló Doménech.

El documento es deliberadamente cauto en un punto: evita pronunciarse sobre el fondo del reproche ministerial. Es decir, sobre si la información retenida por la jueza era o no relevante para la seguridad nacional. La Sala de Gobierno se limita a fijar el marco legal que, a su juicio, hace irrelevante esa discusión.

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Argumentos jurídicos

El armazón normativo que cita tiene dos piezas. La primera es el Real Decreto 769/1987, de regulación de la policía judicial. Sus artículos 10 y 15 establecen que las unidades orgánicas de policía judicial dependen funcionalmente de jueces, tribunales o fiscales cuando ejecutan diligencias de investigación y que sus integrantes deben guardar reserva sobre la evolución y el resultado de esas pesquisas. La segunda es el artículo 126 de la Constitución, que atribuye la dependencia de la policía judicial a jueces, tribunales y Ministerio Fiscal «en sus funciones de averiguación del delito». El acuerdo describe este precepto como garantía última de la independencia judicial.

(Imagen: E&J)

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Sobre esa base, el tribunal concluye que la instructora no solo no interfirió en la seguridad nacional con la orden de sigilo que impuso a los agentes del CENIF el 31 de julio, sino que actuó dentro del marco jurisdiccional que le corresponde.

Conviene distinguir qué tipo de acto es este comunicado. No es una resolución judicial ni tiene efectos jurídicos directos sobre la causa que instruye Tardón. Es un posicionamiento institucional de un órgano de gobierno del tribunal, sin capacidad de sancionar ni de vincular al Ejecutivo. Su fuerza es política y simbólica, no procesal. La propia Sala de Gobierno lo deja entrever cuando dedica su párrafo final a agradecer la postura de Perelló, en lugar de anunciar ninguna medida propia.

Una posición de respaldo institucional

De hecho, el acuerdo llega después de que la presidenta del CGPJ ya hubiera fijado el mismo criterio un día antes, al responder directamente a Marlaska. Perelló recordó al ministro que los órganos de gobierno del Poder Judicial tienen vedado, por ley, aprobar, censurar o corregir actuaciones jurisdiccionales, y sostuvo que la magistrada actuó en ejercicio de sus funciones constitucionales, por las que todos debemos mostrar el máximo respeto. El acuerdo de la Sala de Gobierno reproduce en esencia ese mismo argumento, aunque con desarrollo normativo propio y proveniente de un órgano distinto: no la presidencia del CGPJ, sino el tribunal donde presta servicio la magistrada criticada.

(Imagen: E&J)

Ese doble respaldo, de la cúpula del Poder Judicial y del propio tribunal, es lo que distingue este episodio de una simple discrepancia entre un ministro y una jueza. Marlaska no dirigió su carta contra una resolución concreta que pudiera recurrir, sino contra un criterio de reserva informativa adoptado dentro de una instrucción penal en curso, lo que explica por qué la respuesta institucional se ha centrado en reafirmar los límites competenciales antes que en discutir el contenido del reproche.

Queda por ver si el episodio tiene recorrido más allá de este intercambio de escritos. Ni la carta ministerial ni las dos respuestas institucionales alteran, por ahora, el desarrollo de la instrucción, que sigue en manos de Tardón con el deber de sigilo todavía vigente para los agentes comisionados.

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