Equipaje de mano: la nueva reforma europea choca con la justicia española y vuelve a llevar la batalla a Luxemburgo
Mientras Bruselas negocia si las aerolíneas pueden cobrar por las maletas de cabina, un juez español pregunta al TJUE si Ryanair, Vueling y Volotea están actuando conforme al derecho europeo
(Imagen: E&J)
Equipaje de mano: la nueva reforma europea choca con la justicia española y vuelve a llevar la batalla a Luxemburgo
Mientras Bruselas negocia si las aerolíneas pueden cobrar por las maletas de cabina, un juez español pregunta al TJUE si Ryanair, Vueling y Volotea están actuando conforme al derecho europeo
(Imagen: E&J)
La guerra jurídica del equipaje de mano acaba de entrar en una nueva fase. Después de años de litigios entre aerolíneas, consumidores y autoridades nacionales, la Unión Europea intenta aprobar una reforma que redefinirá los derechos de millones de pasajeros.
Sin embargo, cuando parecía que Bruselas avanzaba hacia una solución política, la justicia española ha decidido llevar nuevamente el conflicto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La coincidencia no puede ser más oportuna. Apenas unos días después de que los Estados miembros alcanzaran un acuerdo político para reformar los derechos de los pasajeros aéreos, un juez de A Coruña ha planteado una cuestión prejudicial que obliga a Luxemburgo a pronunciarse sobre la misma cuestión que divide actualmente a las instituciones europeas: si las compañías aéreas pueden cobrar un suplemento por las maletas de cabina o si el equipaje de mano debe formar parte necesariamente del precio del billete.
El magistrado Miguel Herrero Liaño, de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de A Coruña, ha suspendido un procedimiento promovido por el Ministerio Fiscal contra Ryanair, Vueling y Volotea para preguntar al TJUE si el derecho europeo permite cobrar por una maleta de cabina cuando el pasajero ya tiene derecho a transportar gratuitamente un pequeño bulto bajo el asiento delantero.
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La cuestión resulta especialmente relevante porque la Unión Europea se encuentra inmersa en la mayor reforma de los derechos de los pasajeros aéreos de los últimos años.
El pasado mes de junio, los Estados miembros alcanzaron una posición común para modificar la normativa vigente. La propuesta permite distinguir entre un objeto personal gratuito —como un bolso o una mochila pequeña que pueda colocarse bajo el asiento— y una maleta de cabina situada en los compartimentos superiores, por la que las compañías podrían establecer precios diferenciados.
No obstante, el debate está lejos de concluir. El Parlamento Europeo ha defendido una posición muy distinta y ha respaldado que los pasajeros tengan derecho a transportar gratuitamente tanto un objeto personal como una pieza de equipaje de mano de hasta 7 kilogramos y dimensiones limitadas, sin ningún coste adicional.
La consecuencia es que Europa mantiene actualmente dos visiones enfrentadas sobre el mismo problema: una más favorable a la libertad comercial de las aerolíneas y otra más orientada a la protección de los consumidores.
El juez español detecta una contradicción europea
Precisamente esa contradicción es la que ha llevado al tribunal coruñés a acudir al TJUE.
El procedimiento nace de una demanda presentada por el Ministerio Fiscal, que solicita la nulidad de determinadas condiciones generales utilizadas por Ryanair, Vueling y Volotea para cobrar suplementos a los pasajeros que desean viajar con una maleta de cabina.
La Fiscalía sostiene que estas cláusulas vulneran el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, que obliga a transportar gratuitamente los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, salvo limitaciones derivadas de razones de seguridad.
Las compañías aéreas mantienen la posición contraria. Argumentan que el Reglamento europeo 1008/2008 les reconoce libertad para fijar sus tarifas y segmentar servicios, permitiendo que cada pasajero pague únicamente por aquello que desea utilizar.
¿Qué dijo realmente el TJUE en el caso Vueling?
El conflicto no es nuevo; en 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia muy conocida en el asunto Vueling. En ella afirmó que el equipaje de mano constituye, en principio, un elemento indispensable del transporte de pasajeros y que no puede ser objeto de un suplemento de precio siempre que cumpla exigencias razonables de peso, tamaño y seguridad.
Sin embargo, el juez español considera que aquella resolución no resolvió completamente el problema actual. La razón es que el modelo de negocio de las compañías low cost ha evolucionado significativamente durante la última década. Hoy es habitual que las aerolíneas permitan gratuitamente una mochila o pequeño bolso bajo el asiento, reservando el cobro adicional para las maletas que ocupan espacio en los compartimentos superiores.
Por ello, el tribunal considera necesario que Luxemburgo aclare si esa diferenciación es compatible con el derecho europeo.
El argumento de las aerolíneas: no caben tantas maletas
Uno de los aspectos más llamativos del auto es que recoge expresamente las dificultades operativas alegadas por las compañías aéreas.
Las aerolíneas sostienen que los aviones utilizados habitualmente en vuelos de corta y media distancia no disponen de espacio suficiente para que todos los pasajeros transporten gratuitamente una maleta de cabina convencional. En algunos modelos, como los Airbus A320, existen aproximadamente 180 plazas para pasajeros, pero espacio para unas 90 maletas en los compartimentos superiores.
Según las demandadas, obligar a admitir gratuitamente todas esas maletas generaría retrasos, problemas operativos y dificultades relacionadas con la seguridad aérea.
La futura respuesta del TJUE tendrá consecuencias más allá de España
Si Luxemburgo concluye que el equipaje de mano forma parte inseparable del contrato de transporte aéreo, podría reforzar la posición del Parlamento Europeo y de los organismos de protección de consumidores que consideran abusivos estos recargos.
Si, por el contrario, avala la libertad tarifaria defendida por las aerolíneas, el modelo que actualmente negocian los Estados miembros podría salir reforzado y consolidar la posibilidad de cobrar por las maletas que viajan en los compartimentos superiores.
Lo que está en juego no es únicamente el precio de una maleta. Lo que Luxemburgo deberá decidir es dónde termina la libertad empresarial de las compañías aéreas y dónde comienza el derecho de los pasajeros a considerar el equipaje de mano como parte esencial del servicio por el que ya han pagado; pero en tal caso las compañías subirán el precio, por lo que la solución será peor que el problema.
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