Unos alumnos valientes recurren las notas de la PAU en Bilbao y el juez les concede las medidas cautelares que solicitan
La justicia vasca suspende cautelarmente los ceros en Lengua Vasca tras detectar posibles fallos en el anonimato de los exámenes y ordena la reserva de plazas universitarias
(Imagen: E&J)
Unos alumnos valientes recurren las notas de la PAU en Bilbao y el juez les concede las medidas cautelares que solicitan
La justicia vasca suspende cautelarmente los ceros en Lengua Vasca tras detectar posibles fallos en el anonimato de los exámenes y ordena la reserva de plazas universitarias
(Imagen: E&J)
La oficina de prensa del Poder Judicial ha informado que las cinco plazas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao han dictado unas 25 resoluciones en las que acuerdan estimar la medida cautelar, solicitada por otros tantos alumnos vascos, para que sus calificaciones en el ejercicio de Lengua Vasca y Literatura II no sean tenidas en cuenta o queden en suspenso para calcular la nota de acceso y admisión en la universidad mientras se resuelven los recursos interpuestos contra los ceros y las bajas notas obtenidas.
También se ha acordado oficiar a la Universidad del País Vasco, que se ha opuesto a las medidas cautelares, y, en su caso, a la Administración educativa competente para la efectividad inmediata de esta medida cautelar adoptada, requiriéndoles la reserva de la plaza correspondiente mientras se sustancian los recursos.
El magistrado argumenta que procede la adopción de la medida cautelar solicitada, porque el proceso de matriculación en los diferentes grados finalizaba el 30 de junio, por lo que en la fecha de la resolución “sí existe una urgencia a día de hoy en que los alumnos obtengan una respuesta al caso planteado en el ámbito de la medida cautelar”, ya que una “posterior sentencia, en caso de resultar estimatoria, carecería de eficacia alguna. El alumno cursaría sus estudios en otro lugar si no hubiera obtenido plaza, siendo el perjuicio irreparable”.

(Imagen: E&J)
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Además, el titular del juzgado considera que se ha podido quebrar en este procedimiento el deber de garantizar el anonimato del alumnado y de los centros durante el proceso de corrección y calificación de los ejercicios.
Esta última circunstancia es de extrema gravedad, especialmente en las comunidades autónomas en las que el desconocimiento de alguna de las lenguas oficiales puede favorecer cierta discriminación en diversos ámbitos de la vida social.
Estos autos no son firmes y pueden ser recurridos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

