Fotos, vídeos y redes sociales en verano: límites legales al uso de la imagen de terceros
El periodo vacacional no convierte la presencia en espacios de ocio en una renuncia a la privacidad
(Imagen: E&J)
Fotos, vídeos y redes sociales en verano: límites legales al uso de la imagen de terceros
El periodo vacacional no convierte la presencia en espacios de ocio en una renuncia a la privacidad
(Imagen: E&J)
El periodo vacacional multiplica la exposición pública de la vida privada. Playas, piscinas, festivales, bodas, terrazas, discotecas, conciertos, hoteles, viajes, actividades deportivas y eventos familiares se convierten en escenarios habituales de captación y difusión de imágenes. La fotografía o el vídeo ya no son solo recuerdo personal, sino contenido susceptible de circulación inmediata, reproducción ilimitada y aprovechamiento reputacional, promocional o económico en redes sociales.
Esa naturalidad tecnológica ha desplazado la frontera del conflicto jurídico. Durante años, la discusión se centraba en la publicación de imágenes por medios de comunicación, campañas publicitarias o soportes profesionales. Hoy el problema aparece también en una historia de Instagram, un vídeo de TikTok, una publicación promocional de una marca, el contenido de un influencer, la galería de un fotógrafo de eventos, el perfil de una discoteca, la cuenta de un festival o la simple difusión por mensajería instantánea de una imagen captada en un entorno de ocio.
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