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España tendrá ayudas de 900 euros mensuales para movilidad universitaria

El programa Luisa de Medrano financiará hasta 9 meses de estudios en otra universidad del país y estará sujeto a resultados académicos

(Imagen: E&J)

Pablo Javier Deheza

Periodista y redactor E&J




Tiempo de lectura: 4 min



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España tendrá ayudas de 900 euros mensuales para movilidad universitaria

El programa Luisa de Medrano financiará hasta 9 meses de estudios en otra universidad del país y estará sujeto a resultados académicos

(Imagen: E&J)

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado viernes la orden CNU/880/2026, del 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa Luisa de Medrano, firmada por la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant.

La iniciativa busca reactivar, tras trece años de ausencia, el respaldo económico estatal a la movilidad universitaria dentro de España. La subvención aportará 900 euros mensuales y establece un requisito de rendimiento académico vinculado al reintegro si no se cumplen las metas establecidas.

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El Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios de España (SICUE) permite cursar estudios en otra universidad española, pero hasta ahora sin ayuda económica asociada a nivel nacional. Anteriormente, las becas Séneca financiaban esa movilidad hasta que fueron suprimidas en 2013.

El monto de la ayuda

La orden establece en su artículo 10.1 que «la cuantía de la subvención asciende a 900 euros al mes por beneficiario durante los meses que dure el programa de movilidad», con una duración máxima de nueve meses. El artículo 10.2 añade que podrá sumarse  500 euros para desplazamientos desde o hacia Comunidades Autónomas Insulares, Ceuta y Melilla. La concesión se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva conforme a la Ley 38/2003. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de seis meses desde la convocatoria; transcurrido ese plazo sin respuesta, «las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo».

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(Imagen: E&J)

Los requisitos para acceder son rigurosos. Se exige a los solicitantes, entre otras cosas, haber superado 60 créditos en su universidad de origen y estar matriculados en no menos de 30 créditos. Además, deben tener una nota media mínima en su expediente académico según se establezca en la convocatoria, que en todo caso será de al menos cinco puntos. La selección se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones. De acuerdo a lo establecido, el expediente académico sumará hasta 7 puntos, aplicando un baremo exacto: “Matrícula de honor: 10,00 puntos. Sobresaliente: 9,00 puntos. Notable: 7,50 puntos. Aprobado: 5,50 puntos. Suspenso: 2,50 puntos”. El artículo 9.b añade 2 puntos si la provincia de destino tiene menos de un millón de habitantes, y el 9.c suma 1 punto si la distancia entre universidades supera los 300 kilómetros.

Condición de buenos resultados académicos

El núcleo más severo del programa es el reintegro vinculado al rendimiento. “El beneficiario estará obligado al reintegro de la ayuda en aquellos casos en los que se hubiese producido un incumplimiento total de los requisitos y obligaciones de la ayuda. Procederá el reintegro total de la ayuda en caso de que no hubiera superado, al menos, el 25% de los créditos en que se hubiese matriculado. En caso de superar el 25% o más, de no producirse otro incumplimiento, no procederá el reintegro”. La norma solo admite como excepción circunstancias de fuerza mayor debidamente acreditadas y en los que la voluntad del beneficiario fuera, inequívocamente, la de cumplir con los objetivos de la ayuda.

La orden dispone que esta ayuda será incompatible con otras subvenciones procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Es decir, quienes opten por sumarse a este programa no pueden recibir a la vez cualquier otra subvención.

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Cómo se podrá acceder a la ayuda

Con todo, la orden no abre todavía el plazo de solicitud. El texto precisa, en términos de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que lo publicado son bases habilitantes. La convocatoria concreta, que fijará el crédito presupuestario y el número de plazas, vendrá por resolución de la Secretaría de Estado.

La tramitación es íntegramente electrónica. El documento oficial dispone que “la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social”.

De lo anterior se desprende que cuando un estudiante presenta su solicitud para la beca, ese acto funciona automáticamente como una autorización. Con ella, el Ministerio no le pide al estudiante que consiga y entregue certificados de estar al día con sus impuestos y la Seguridad Social. En vez de eso, el propio órgano que da la subvención consulta directamente, por vía electrónica, si esa persona está al corriente de sus obligaciones.

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El estudiante puede negarse a que se haga esa consulta automática. Si ejerce esa opción, la carga vuelve a él: tiene que conseguir y presentar personalmente esos certificados de estar al día con Hacienda y con la Seguridad Social.

Igualdad de oportunidades

El programa de ayudas Luisa de Medrano se define como «una medida de fomento destinada a garantizar que la participación en experiencias de movilidad académica no dependa de la situación económica de cada estudiante, sino de su interés formativo y de su aprovechamiento académico”. Así, uno de sus objetivos declarados es favorecer “la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior”.

El programa se presenta como una medida de cohesión territorial que respeta plenamente el reparto constitucional de competencias y no incide en la autonomía universitaria ni en las competencias que corresponden a las comunidades autónomas.

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