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Derecho Mercantil

Cómo perder 49 millones de euros y aun así salir ganando: la lección de Técnicas Reunidas

El grupo obtiene un laudo favorable de 120 millones, afronta 133 millones en avales ejecutados y termina con 7 millones de beneficio

(Imagen: E&J)

Pablo Javier Deheza

Periodista y redactor E&J




Tiempo de lectura: 5 min



Derecho Mercantil

Cómo perder 49 millones de euros y aun así salir ganando: la lección de Técnicas Reunidas

El grupo obtiene un laudo favorable de 120 millones, afronta 133 millones en avales ejecutados y termina con 7 millones de beneficio

(Imagen: E&J)

El pasado viernes, Técnicas Reunidas comunicó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, al amparo del artículo 227 de la Ley 6/2023 de Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, el desenlace de dos litigios que, leídos juntos, dejan una lección poco intuitiva: una compañía puede desprenderse de una cifra considerable de efectivo y, aun así, cerrar el episodio en mejor posición que antes de que empezara.

Los dos hechos son distintos en naturaleza, pero convergen en el tiempo. El primero es el cierre de un arbitraje que se prolongó cinco años: la Corte de Arbitraje de Londres falló el 7 de septiembre que MGT Teesside Ltd debe pagar 120 millones de euros netos al consorcio formado por Técnicas Reunidas (73%) y Samsung (27%). El litigio había comenzado en 2021, cuando el consorcio reclamó por la terminación del contrato y la ejecución de los avales de fiel cumplimiento del proyecto.

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El segundo hecho corre en sentido contrario: un juzgado de primera instancia de Madrid levantó, el 17 de septiembre, las medidas cautelares que en mayo había dictado a favor de Técnicas Reunidas para paralizar el pago de avales por 133 millones de euros ejecutados por Bapco, cliente de la Refinería de Sitra. El consorcio contratista ya inició un arbitraje en Londres contra Bapco para proteger sus derechos, aunque el resultado de ese proceso todavía está lejos.

Documentos contractuales y balances financieros en una sala de reuniones.

(Imagen: E&J)

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Una cuestión de aritmética y precisión conceptual

El efecto combinado de ambos eventos, según la propia comunicación, es una salida neta de caja de 49 millones de euros. Vale la pena mirar de cerca esa cifra, porque a simple vista no cuadra: Técnicas Reunidas cobra 120 millones del laudo MGT y pierde 133 millones en avales ya ejecutados por Bapco, lo que por sí solo daría una salida neta de 13 millones, no de 49. La compañía no desglosa en su comunicado el resto de la diferencia —36 millones adicionales—, que probablemente incluye otros movimientos de caja asociados a ambos procesos, como costes del propio arbitraje, ajustes de tesorería u otras partidas vinculadas a los dos proyectos que el hecho relevante no detalla. Es un recordatorio de que estas comunicaciones regulatorias informan del resultado agregado que exige la norma, no de la trazabilidad completa de cada euro, y que conviene leerlas con esa limitación en mente. Lo que sí queda claro, y es lo relevante para el análisis, es la dirección de cada magnitud: la caja sale, el resultado mejora.

La cuenta de resultados no registra las mismas cosas que la caja, sino los derechos que ya son firmes. El laudo de Londres sobre MGT no está en apelación: es definitivo. Por eso Técnicas Reunidas puede anotar como beneficio los 37 millones que ese laudo le reconoce, sin importar si el dinero ya entró físicamente o todavía está en camino. La caja, en cambio, no distingue entre un pago que corresponde y uno que no: cuando alguien ejecuta un aval bancario, el banco paga de inmediato, y solo después —si hay un litigio detrás, como en el caso Bapco— un tribunal o un arbitraje decidirá si esa ejecución fue correcta o si el dinero debe devolverse. Es decir: la caja se mueve por lo que ya ocurrió (avales ejecutados), mientras que el resultado se mueve por lo que ya está decidido (laudos firmes). En este caso, ambos eventos coincidieron en el tiempo, pero no tienen por qué moverse de la mano.

(Imagen: E&J)

La lógica subyacente

De los 37 millones de beneficio que deja el laudo MGT, la empresa aparta 30 millones para una provisión extraordinaria de litigios, y solo 7 millones llegan como impacto neto al resultado del ejercicio. ¿Por qué guardar casi el 80% de esa ganancia en lugar de contabilizarla entera? Porque el caso Bapco —el de los 133 millones en avales ejecutados, con arbitraje abierto en Londres y todavía sin resolver— representa un riesgo pendiente de signo contrario. Provisionar es, en la práctica, reservar dinero hoy por si ese arbitraje no termina tan bien como el de MGT. Por eso 7 millones —y no 37— es la cifra que de verdad describe cuánto mejoró el resultado del ejercicio, y por eso esa cantidad, al ser tan pequeña frente al tamaño de la compañía, no obliga a tocar la previsión de resultados para 2026 ya anunciada al mercado.

Es como si a una empresa le debieran 120.000 euros por una sentencia firme y, el mismo mes, un proveedor le cobrara de golpe 133.000 euros de una fianza que había depositado como garantía, alegando un incumplimiento que la empresa todavía disputa ante otro juez. En la cuenta corriente, el saldo de ese mes se ve mal: ha entrado dinero por un lado y ha salido más por el otro. Pero en la contabilidad personal de esa empresa, los 120.000 euros sí se anotan como ganancia, porque esa sentencia ya no tiene vuelta atrás, mientras que los 133.000 euros cobrados por el proveedor no se dan por perdidos: siguen siendo objeto de una disputa pendiente, y una parte de la ganancia recién anotada se aparta, por prudencia, para el día en que esa segunda disputa se resuelva. El bolsillo se sintió más liviano ese mes; el patrimonio, sin embargo, no lo fue.

La lección del caso

Hay un dato que conecta ambos litigios y que merece leerse con atención, aunque el propio comunicado no lo explicite: la provisión de 30 millones de euros. La empresa no detalla a qué contingencia responde exactamente, pero su magnitud y el momento en que se constituye —justo cuando se cierra favorablemente un arbitraje de perfil similar y se mantiene abierto otro, también centrado en la ejecución de avales y también dirimiéndose en Londres— hacen razonable pensar que responde, al menos en parte, al riesgo del caso Bapco. De ser así, la lectura sería que la compañía utiliza la ganancia cierta de un proceso ya cerrado para reforzar su posición frente a uno que todavía no lo está: una decisión de prudencia contable, no una maniobra cosmética.

(Imagen: E&J)

Esta lectura, de confirmarse, tendría una implicación más amplia para las empresas de ingeniería que operan bajo contratos EPC en el extranjero, donde los avales de cumplimiento son moneda corriente. La ejecución de una garantía bancaria no es un veredicto sobre el fondo de una disputa contractual, sino un paso previo que puede acabar revirtiéndose años después mediante arbitraje. Litigar en Londres mientras se solicitan medidas cautelares en un juzgado español no es una anomalía procesal: es una combinación habitual en este tipo de contratos, orientada a proteger la liquidez mientras se dirime el fondo del asunto en el foro pactado contractualmente.

Queda, eso sí, un capítulo abierto: el arbitraje que el consorcio ha iniciado en Londres contra Bapco por la ejecución de los 133 millones en avales de la Refinería de Sitra. Su resultado determinará si la provisión de 30 millones resultó necesaria o si, como ocurrió con MGT, termina liberándose años más tarde como una ganancia adicional. Hasta entonces, la cifra que de verdad importa no es la salida de caja de 49 millones, sino el hecho de que el mercado ya conoce el riesgo, y de que la compañía, al menos aparentemente, ya lo ha provisionado.

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