Los exdeportistas podrán sumar años a su jubilación, excepto los futbolistas
El nuevo régimen permite computar periodos anteriores a la integración en el Régimen General y revisar pensiones ya reconocidas
(Imagen: E&J)
Los exdeportistas podrán sumar años a su jubilación, excepto los futbolistas
El nuevo régimen permite computar periodos anteriores a la integración en el Régimen General y revisar pensiones ya reconocidas
(Imagen: E&J)
El Gobierno ha aprobado un régimen para que los deportistas profesionales cuenten como cotizados los años en que ejercieron sin poder cotizar. Lo recoge el Real Decreto 739/2026, de 23 de septiembre, publicado en el BOE el viernes 25 de septiembre (disponible en el botón ‘descargar resolución’). La norma entrará en vigor a los tres meses de su publicación, a finales de diciembre.
La Ley 8/1980, del Estatuto de los Trabajadores (derogada), reconoció como relación laboral especial la de los deportistas profesionales. Pero su integración en el Régimen General fue escalonada: ciclistas (1 de febrero de 1992), baloncestistas (1 de agosto de 1993), balonmanistas (1 de enero de 1998) y resto de deportistas (1 de junio de 2003).
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