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El Tribunal Constitucional habilita la presentación telemática de recursos de amparo

Con esta medida pretende reducir el número de recursos inadmitidos por defectos de forma

TC. (Imagen: Archivo)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 2 min

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El Tribunal Constitucional habilita la presentación telemática de recursos de amparo

Con esta medida pretende reducir el número de recursos inadmitidos por defectos de forma

TC. (Imagen: Archivo)



El Tribunal Constitucional (TC) inadmitió en 2022 el 76% de los recursos de amparo presentados por defectos de forma y procedimiento. Además, según la memoria del tribunal relativa a ese año, el 53% de los escritos de demanda presentados adolecen de una absoluta falta o una insuficiente justificación de especial trascendencia constitucional. Al TC le preocupa no poder entrar a valorar una parte tan importante de los recursos que se presentan, dada la relevancia constitucional que tiene esta herramienta para el ejercicio de derechos fundamentales y, para facilitar la presentación de estos recursos, ha acordado que se ponga en marcha un formulario para la tramitación telemática de los mismos.

A través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional se podrá cumplimentar un formulario en el que los recurrentes podrán “exponer con claridad y precisión las lesiones de derechos fundamentales, la trascendencia constitucional del recurso”. Dicho formulario no sustituirá a la demanda, que también deberá acotarse para evitar que los recurrentes incurran en defectos de construcción de la demanda y para facilitar al Tribunal la localización de los elementos esenciales del recurso.



Los escritos de demanda tendrán un máximo de 50.000 caracteres

Así, según el acuerdo adoptado el 15 de marzo por el Pleno del Tribunal Constitucional y publicado en el Boletín Oficial del Estado del 23 de marzo, la presentación exigirá la cumplimentación de un formulario en el que se realice una exposición concisa de las vulneraciones constitucionales denunciadas, una justificación de la especial trascendencia constitucional del recurso (art. 50.1 LOTC) y la indicación del agotamiento de la vía judicial previa. Al formulario se adjuntará el escrito de demanda, las resoluciones impugnadas y la acreditación de que se ha respetado el plazo de interposición del recurso, entre otros documentos. En cuanto a la forma, se establece un máximo de palabras: 50.000 caracteres. La demanda habrá de estar redactada en Times New Roman, tamaño 12 e interlineado 1,5.

Estas medidas entrarán en vigor el próximo cuatro de abril. Con esta nueva dinámica, el TC se alinea con otros órganos jurisdiccionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y su Tribunal General, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo o el Tribunal Supremo de Estados Unidos.



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Anonymous
1 año atrás

Putos mentirosos. Dos folios justificando la trascendencia constitucional, idénticos en dos recursos; uno es admitido y el otro rechazado por falta de acreditación. TRIBUNAL PROSTITUCIONAL.

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JM

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