Casi 50.000 euros de indemnización para una funcionaria del Concello de Ourense que sufrió acoso laboral durante años
El Concello y el alcalde de Ourense infringieron la normativa en materia de prevención de riesgos laborales
(Imagen: E&J)
Casi 50.000 euros de indemnización para una funcionaria del Concello de Ourense que sufrió acoso laboral durante años
El Concello y el alcalde de Ourense infringieron la normativa en materia de prevención de riesgos laborales
(Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado la condena impuesta al Concello de Ourense y a su alcalde por infringir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.
En consecuencia, los codemandados tendrán que indemnizar solidariamente a una funcionaria del Concello que sufrió durante años acoso laboral, y que actualmente continua en situación de incapacidad temporal por dicho motivo, con casi 50.000 euros, —30.000 euros son en concepto de indemnización por daños morales y otros 18.685 euros en concepto de indemnización por incapacidad temporal—.
Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), la trabajadora comenzó a prestar servicios en el Concello de Ourense en el año 1996. En 2003 fue nombrada funcionaria por decreto de la Alcaldía y en 2005 fue adscrita como jefa de Negociado de Comercio.
Así, durante años la actora desempeñó sus laborales con total normalidad en el Concello de Ourense, habiendo estado al frente del mismo alcaldías de distintos partidos políticos (Partido Popular, Partido Socialista Obrero Español, Bloque Nacionalista Gallego). El problema llegó cuando en el año 2019 el nuevo alcalde del Concello Ourense, del partido político Democracia Orensana, comenzó a presionar a la actora —a través de los diferentes concejales de Comercio que fueron pasando por el cargo hasta el año 2023— para que ésta resolviera los expedientes en un sentido u otro, es decir, como él quería que fueran resueltos; la insultaba y menospreciaba delante de otros trabajadores e incluso llegó a amenazar con abrirle un expediente.
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(Imagen: E&J)
En la sentencia se detalla que el alcalde a través de los concejales de Comercio que iba nombrando ejercía presión a éstos para que la actora resolviera como él quería (firmar informes que no procedían, no resolver determinados expedientes).
Así, entre 2019 y 2020, delante de otros trabajadores, el alcalde dijo a la concejala de Comercio que había en ese momento ocupando el cargo que la actora era “inepta, inútil, subnormal”; ese mismo año el alcalde ninguneó a la actora y le quitó competencias, mandando a la feria de luces de Alemania —competencia que la funcionaria tenía debido al cargo que ocupaba— a un amigo suyo y a un asesor; y pidió a otras personas que hicieran informes que tenía que realizar la actora.
Respecto al año 2021-2022 se recoge que nuevamente, por medio del nuevo concejal de Comercio nombrado, el alcalde presionaba para que la actora resolviera como él quería; llegó a decir al concejal respecto de la actora que “a ésta, ni puto caso, hay que buscarla manera de poner a otra persona, se nota mucho que es del PP”. Además, en ese periodo, concretamente en abril de 2021, 2021 el alcalde comunica en sus redes sociales la apertura de un expediente disciplinario al Negociado de Comercio, información de la que se hicieron eco medios de comunicación nacionales.
Asimismo, también consta que en el año 2023 el alcalde comentó entre los funcionarios del Concello que iba a ir a por la actora. Así, en julio de ese año el alcalde retiró a la actora la responsabilidad del contrato de alumbrado navideño 2023-2024 y las competencias del Campo da Feira; y en el mes de agosto la cesó como jefa Negociado de Comercio, noticia de la que se hicieron eco al menos dos medios de comunicación de Galicia y que llegaron a titular que la jefa del Negociado de Comercio había sido cesada “tras casi dos décadas de trabajo como vendetta al PP”.
Días más tarde del cese, la actora comenzó una situación de incapacidad temporal (IT) por trastorno adaptativo con síntomas de ansiedad secundarios a situación de acoso laboral; situación en la que actualmente continua.

(Imagen: Concello de Ourense)
El Juzgado de lo Social número 2 de Ourense dictó una resolución por la cual declaraba que el Concello y su alcalde habían infringido la normativa en materia de prevención de riesgos laborales en el Negociado de Comercio.
Pues durante los últimos años que se produjo la situación de acoso laboral hacia la funcionaria en el Negociado de Comercio no se realizó ninguna evaluación de riesgos psicosociales, ni por el Concello ni por una empresa externa. Asimismo, tampoco se realizaron cuestionarios de estrés laboral.
En consecuencia, el Juzgado condenó al Concello y a su alcalde al cese de conductas infractoras y a abonar solidariamente a la actora 30.000 euros en concepto de indemnización por daños morales y otros 18.685 euros en concepto de indemnización por incapacidad temporal.
La sentencia fue recurrida en suplicación por ambos codemandados, formulando el alcalde un total de 17 motivos y el Concello otros 14. No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha desestimado el recurso y confirmado al sentencia recurrida.
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