Controlar el teléfono móvil, impedir trabajar, aislar a la pareja o vigilar sus movimientos son conductas que, mantenidas en el tiempo, pueden constituir un delito
La Justicia pone nombre al control en la pareja: así puede convertirse en la prueba clave de un delito de malos tratos habituales
(Imagen: E&J)
Controlar el teléfono móvil, impedir trabajar, aislar a la pareja o vigilar sus movimientos son conductas que, mantenidas en el tiempo, pueden constituir un delito
La Justicia pone nombre al control en la pareja: así puede convertirse en la prueba clave de un delito de malos tratos habituales
(Imagen: E&J)
La violencia de género no siempre comienza con una agresión física. En muchas ocasiones, el primer paso consiste en controlar a la víctima, aislarla de su entorno y limitar progresivamente su autonomía.
Precisamente sobre esa realidad se pronuncia la Audiencia Provincial de Málaga en una reciente sentencia que, más allá de condenar a un hombre por el asesinato de su pareja, realiza un exhaustivo análisis de los comportamientos que permiten apreciar la existencia de un delito de malos tratos habituales en el ámbito de la violencia de género.
La resolución describe una relación marcada por un patrón continuado de dominación. Según los hechos declarados probados, el acusado impedía a la víctima trabajar con normalidad, controlaba el dinero que obtenía cuando encontraba empleo, administraba sus tarjetas bancarias, le quitaba o rompía el teléfono móvil, limitaba sus comunicaciones con terceros, no le permitía maquillarse por celos y vigilaba constantemente sus movimientos.
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