El reportaje sobre la herencia de Franco no vulneró derechos fundamentales de sus nietos
En opinión del Tribunal Supremo, el programa emitido se refiere a un asunto de interés general, de naturaleza histórica, relativo al patrimonio de un jefe del estado español
Familia de Francisco Franco. (Foto: Archivo)
El reportaje sobre la herencia de Franco no vulneró derechos fundamentales de sus nietos
En opinión del Tribunal Supremo, el programa emitido se refiere a un asunto de interés general, de naturaleza histórica, relativo al patrimonio de un jefe del estado español
Familia de Francisco Franco. (Foto: Archivo)
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de los nietos de Francisco Franco Bahamonde contra la sentencia del tribunal provincial que no apreció la vulneración de sus derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen en la emisión del programa televisivo titulado “La herencia de los Franco”.
La sentencia, de 14 de febrero de 2023, revisa el juicio de ponderación entre los derechos fundamentales en conflicto y subraya que el programa de televisión emitido se refiere a un asunto de interés general, de naturaleza histórica, relativo al patrimonio de Francisco Franco, como jefe del estado español.
El caso
Los hechos, en síntesis, sobre los que se construyó el relato fáctico de la demanda radican en que el lunes 23 de julio 2018, en franja horaria de máxima audiencia, a las 22:45 horas, el canal de televisión Cuatro, emitió, en el programa de investigación “En el punto de mira”, un reportaje titulado “La herencia de los Franco”.
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