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Jurisprudencia

Una empresa es condenada a indemnizar con 6.000 euros a un trabajador por vulnerar su derecho al honor y a la intimidad al compartir por ‘WhatsApp’ el parte de su baja médica

El empleado venía sufriendo por parte de la empleadora trato discriminatorio y maltrato psicológico al recibir insultos graves y menosprecios

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Una empresa es condenada a indemnizar con 6.000 euros a un trabajador por vulnerar su derecho al honor y a la intimidad al compartir por ‘WhatsApp’ el parte de su baja médica

El empleado venía sufriendo por parte de la empleadora trato discriminatorio y maltrato psicológico al recibir insultos graves y menosprecios

(Imagen: E&J)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a una empleadora a indemnizar con 6.000 euros a un empleado por vulnerar su derecho al honor, por haber recibido el trabajador malos tratos de palabra y vejaciones, así como por vulnerar su derecho a la intimidad por divulgar por WhatsApp el parte de baja médica del empleado.

Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), el actor, que prestaba servicios para la empresa como conductor de furgoneta, venía sufriendo por parte de la empleadora trato discriminatorio y maltrato psicológico al recibir insultos graves y menosprecios incluso delante de sus compañeros. Cuando el trabajador inició una situación de incapacidad temporal (IT), la empresa publicó el parte de baja médico en un grupo de WhatsApp —posteriormente lo eliminó—.

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