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Jurisprudencia

Un violador ve anulada la rebaja de condena pese a la ‘ley del solo sí es sí’

El Supremo ha contradicho la decisión de la Audiencia Provincial de Alicante al considerar que la actual normativa no favorece al reo debido a un nuevo agravante que elevaría la pena mínima a 11 años

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Un violador ve anulada la rebaja de condena pese a la ‘ley del solo sí es sí’

El Supremo ha contradicho la decisión de la Audiencia Provincial de Alicante al considerar que la actual normativa no favorece al reo debido a un nuevo agravante que elevaría la pena mínima a 11 años

(Imagen: E&J)



El Tribunal Supremo ha anulado la rebaja de condena a un violador que -beneficiado por la ley del solo sí es sí– vio reducida de nueve a siete años su pena. La decisión ha sido tomada por el órgano judicial al considerar que «la violencia de extrema gravedad» empleada por el reo, así como su parentesco con la víctima, concurrían en un nuevo agravante que -atendiendo a la mencionada ley- elevaría la pena mínima de nueve a once años. Con todo ello, el Supremo ha procedido a «dejar sin efecto la rebaja de condena» previamente decidida por la Audiencia Provincial de Alicante, en su sección primera.

El caso llegó a los tribunales en 2015, cuando el procesado mantenía una relación sentimental con la víctima. Concretamente, después de que el 25 de junio de ese mismo año, la mujer, respondiendo a las «insistentes llamadas» de su pareja, acordó encontrarse con él en el Pub Mediterráneo de la localidad de Novelda. Una vez allí, tras dejar claro que quería poner fin a la relación, abandonaron juntos el local en el coche de él.



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