El TS reitera la interpretación favorable del artículo 76.2 CP
El TS reitera la interpretación favorable del artículo 76.2 CP
Se solicita la acumulación de ejecutorias de las penas haciendo alusión al apartado 2 del artículo 76 del Código Penal.
La doctrina de los recursos de casación del Tribunal Supremo, Sala Segunda, fija «como único requisito de la acumulación el elemento cronológico, en el sentido de que las penas que se acumulen lo sean por hechos perpetrados antes de la fecha de la sentencia de aquellos que -siendo objeto de acumulación- lo hubiera sido en primer lugar».
Además, señalando el Pleno no jurisdiccional del 27 de junio de 2018, hay una interpretación favorable al reo, que pese alguna puntuaciones, «cuando la conclusión es que se extinguen.
Puede leer el texto completo de la sentencia www.globaleconomistjurist.com Marginal: 70870336
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