La Audiencia Provincial de Madrid aclara cuándo un hurto en un supermercado se considera tentativa y cuándo está consumado
El tribunal rebaja la condena a una cliente de Mercadona al concluir que no llegó a disponer efectivamente de los productos porque fue interceptada antes de abandonar el establecimiento
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Madrid aclara cuándo un hurto en un supermercado se considera tentativa y cuándo está consumado
El tribunal rebaja la condena a una cliente de Mercadona al concluir que no llegó a disponer efectivamente de los productos porque fue interceptada antes de abandonar el establecimiento
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Madrid (ECLI:ES:APM:2026:4920, fecha 23 de abril de 2026) ha estimado parcialmente el recurso presentado por una mujer condenada por intentar sustraer diversos productos de un supermercado Mercadona y ha rebajado la pena impuesta al considerar que los hechos constituyen un delito leve de hurto en grado de tentativa y no un delito consumado.
La resolución, dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, analiza un supuesto relativamente habitual en los establecimientos comerciales: la actuación de los vigilantes de seguridad cuando detectan a una persona que trata de abandonar el local sin abonar determinados productos. Sin embargo, la sentencia ofrece una precisión relevante sobre el momento de consumación del delito y sus consecuencias penológicas.
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