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Jurisprudencia

La empresa debe cumplir el registro horario, aunque los trabajadores no colaboren

La mercantil deberá abonar a su antiguo empleado casi 20.000 € en concepto de diferencias salariales y horas extraordinarias no compensadas ni abonadas

(Foto: Tecalsa)

Javier Izaguirre Fernández

Redactor de Economist & Jurist.




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

La empresa debe cumplir el registro horario, aunque los trabajadores no colaboren

La mercantil deberá abonar a su antiguo empleado casi 20.000 € en concepto de diferencias salariales y horas extraordinarias no compensadas ni abonadas

(Foto: Tecalsa)



La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha ratificado la condena a una empresa a abonar casi 20.000 euros a un trabajador que, tras ser despedido, no se le abonaron ni compensaron todas las horas extras que realizó.

La sentencia, de 14 de julio de 2022, recuerda que el hecho de que los trabajadores no colaboren con su empresa a la hora de cumplir con el registro horario, “no puede ser excusa y justificación” para que la segunda incumpla su obligación de garantizar el registro diario de jornada.



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