La empresa no puede exigir al trabajador que se reincorpora de una excedencia más requisitos de los que se le exigieron cuando fue contratado
El TSJ del País Vasco declara el derecho de una empleada de un ayuntamiento a reingresar en la plantilla laboral en puesto de igual o similar categoría, sin que se la exija el perfil lingüístico del euskera
(Imagen: E&J)
La empresa no puede exigir al trabajador que se reincorpora de una excedencia más requisitos de los que se le exigieron cuando fue contratado
El TSJ del País Vasco declara el derecho de una empleada de un ayuntamiento a reingresar en la plantilla laboral en puesto de igual o similar categoría, sin que se la exija el perfil lingüístico del euskera
(Imagen: E&J)
Cuando se concede una excedencia voluntaria, el vínculo contractual entre la empresa y la persona trabajadora se mantiene, por lo que las exigencias obligatorias que la empleadora haya introducido durante ese periodo de excedencia para poder acceder y desempeñar un puesto de trabajo igual o similar al que desempañaba la persona trabajadora cuando solicita el reingreso no puede ser exigidas.
Así lo ha dictaminado la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, al razonar que “a la trabajadora excedente no se le puede denegar el reingreso por el argumento de que no existen vacantes porque debe someterse a un nuevo proceso selectivo con nuevos requerimientos o exigencias distintos de los exigidos cuando pasó la situación de excedencia en el momento del reingreso”.
Este sentencia llega a raíz de que a una trabajadora de la plantilla laboral del Ayuntamiento de Durango se le denegara la petición de reingreso después de una excedencia porque no había ninguna vacante libre que no exigiera el conocimiento del perfil lingüístico 2 de euskera, a pesar de que cuando la empleada fue contratada no se le exigió tal requisito para entrar a trabajar.
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