La justicia falla a favor de los dueños de un local: el hueco de debajo de la escalera es privativo y no un elemento común de la comunidad de propietarios
Los dueños compraron el local en el año 1989, habiéndoles sido entregado el mismo tal y como se mantiene y han hecho uso del mismo desde ese momento hasta la actualidad
(Imagen: E&J)
La justicia falla a favor de los dueños de un local: el hueco de debajo de la escalera es privativo y no un elemento común de la comunidad de propietarios
Los dueños compraron el local en el año 1989, habiéndoles sido entregado el mismo tal y como se mantiene y han hecho uso del mismo desde ese momento hasta la actualidad
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Cantabria ha fallado a favor de los dueños de un local abierto al público y que está integrado en una comunidad de propietarios, al dictaminar que el hueco que hay debajo de las escaleras del edificio y que usan los propietarios del local como parte de su comercio, al tener comunicados físicamente ambos espacios, es privativo y no un elemento comunitario.
En consecuencia, la Audiencia Provincial ha frustrado los planes de una comunidad de propietarios que reclamaba que el hueco situado bajo la escalera y descansillo del edificio, y que está comunicado con el local comercial, fuese declarado un elemento común de la comunidad con el fin de poder instalar en ese espacio un ascensor.
Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), los propietarios del local adquirieron el mismo en el año 1989 mediante contrato de compraventa con la constructora del edificio y ya entonces el hueco bajo la escalera estaba anexo al local. Desde entonces y de manera continuada han ocupado “en la misma forma, de manera pública, pacífica e interrumpida” el hueco de debajo de la escalera y descansillo del edificio como parte de su propiedad, haciéndolo formar parte de su negocio abierto al público, una pescadería.
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