La justicia gallega pide a Europa que aclare si es discriminatorio exigir a las mujeres dos años cotizados en los últimos 15 para acceder a la pensión de jubilación
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia considera que es más difícil para este género encontrar empleo en los últimos años laborales
(Imagen: E&J)
La justicia gallega pide a Europa que aclare si es discriminatorio exigir a las mujeres dos años cotizados en los últimos 15 para acceder a la pensión de jubilación
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia considera que es más difícil para este género encontrar empleo en los últimos años laborales
(Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha acordado plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que sea éste el que determine si resulta discriminatorio exigir a las mujeres dos años cotizados en los últimos 15 para acceder a la pensión de jubilación contributiva.
La Sala de lo Social, en un auto judicial disponible en el botón ‘descargar resolución’, considera que el género femenino, en comparación con el masculino, tiene mayor dificultada para trabajar o encontrar un empleo en los últimos años de su vida laboral. “La tasa de empleo desde los 50 a los 65 años es mayor en los hombres que en las mujeres, las pensiones de jubilación son el 41% de mujeres y el 55% de hombres, y la tasa de abandono de trabajo por cuidado a partir de los 50 años es mayor en las mujeres”, señalan los magistrados.
Por ello, el TSJ de Galicia va a pedir a Europa que aclare si esta exigencia del ordenamiento español —artículo 205.1 b) de la Ley General de la Seguridad Social— es contraria a lo establecido en el artículo 4 de la Directiva 79/7/CEE por constituir una discriminación indirecta por razón de sexo al entender el Tribunal gallego que la exigencia de haber cotizado dos años en los últimos 15 años para acceder a la pensión es más difícil de cumplir por las mujeres que por los hombres.
Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia planteará al TJUE si, en caso de que dicha exigencia española resulte discriminatoria, esta desventaja para las mujeres que quieran acceder a la pensión de jubilación contributiva podría corregirse con el mecanismo jurisprudencial denominado “doctrina del paréntesis”.
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