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Jurisprudencia

Presunción de inocencia en el ámbito laboral: no se aplica el mismo estándar que en el penal

Declarado procedente el despido disciplinario de un trabajador que dio positivo en cocaína

(Imagen: E&J)

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Jurisprudencia

Presunción de inocencia en el ámbito laboral: no se aplica el mismo estándar que en el penal

Declarado procedente el despido disciplinario de un trabajador que dio positivo en cocaína

(Imagen: E&J)

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 21 de julio de 2025, considera justificado el despido disciplinario de un trabajador que dio positivo en cocaína. La verificación del consumo se hizo en una prueba de saliva realizada de forma aleatoria dentro del horario laboral. Este control estaba previsto en un protocolo interno de alcohol y drogas. El trabajador colaboró en la prueba de forma voluntaria pese a firmar “no conforme” tras comunicarle el resultado de la prueba.

El TSJA falla que no se ha vulnerado el derecho a la intimidad del trabajador o la presunción de inocencia. El Tribunal considera probado la comisión de una falta muy grave, ya que el trabajador objeto del despido ocupaba un puesto en la empresa con alta responsabilidad en materia de seguridad en el ámbito de la industria minera.

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El TSJA no acepta que haya existido una vulneración de la presunción de inocencia. En este sentido los magistrados recuerdan que en el ámbito laboral no se aplica el mismo estándar que en el penal, sino el de prueba suficiente, que en el supuesto que nos ocupa se cumple con el resultado positivo del test de control.

Igualmente, no se vulnera el derecho a la intimidad cuando el trabajador colabora de forma voluntaria en la prueba de un protocolo que es conocido por los empleados de la empresa, ni se viola la presunción de inocencia si existe una prueba válida que no ha sido impugnada y que además demuestra el incumplimiento.

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