Se considera accidente de trabajo el que sufre un trabajador que fallece mientras practica deporte, tras finalizar su jornada laboral
Se considera accidente de trabajo el que sufre un trabajador que fallece mientras practica deporte, tras finalizar su jornada laboral
Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de marzo de 2018
La sintomatología empezó en tiempo y lugar de trabajo, aunque se desencadenó tras finalizar la misma, mientras el trabajador se ejercitaba en el gimnasio. El Tribunal Supremo entiende que le alcanza la presunción de laboralidad aunque el trabajador padeciese lesiones cardiovasculares previas, el accidente tuviera lugar al finalizar su jornada, y la muerte se produjese debido a las exigencias físicas de la práctica deportiva.
Aunque lo considera irrelevante para su decisión, el Tribunal considera que sí la refuerza el hecho que el gimnasio estaba subvencionado por la empresa, que la motivación de la práctica deportiva fue no era tan lúdica o deportiva sino terapéutica, sugerida incluso por algunos compañeros.
Puede consultar la sentencia en www.globaleconomistjurist.com (Jurisprudencia. Marginal : 70482238
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