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Jurisprudencia

Sigue vigente la sucesión de empresa y la obligación de mantener a los trabajadores a pesar de haber ejecutado un despido colectivo previo

Un despido basado en la perdida de la concesión no es suficiente para evitar la subrogación

(Imagen: E&J)


Jurisprudencia

Sigue vigente la sucesión de empresa y la obligación de mantener a los trabajadores a pesar de haber ejecutado un despido colectivo previo

Un despido basado en la perdida de la concesión no es suficiente para evitar la subrogación

(Imagen: E&J)

Una empresa no puede evitar la obligación de subrogar a trabajadores afectados por una contrata, finalizando previamente sus contratos, a través de un despido colectivo que se basa exclusivamente en la pérdida de la contrata.

Este tipo de actuaciones infringe la normativa aplicable a la sucesión de empresa. Así lo entiende una sentencia del Tribunal Supremo del 5 de marzo de 2025 en materia de subrogación y sucesión de empresas. El fallo analiza el siguiente supuesto de hecho.



Una empresa adjudicataria de una concesión la pierde, y como consecuencia de dicha perdida cesa en su actividad. Antes del cese de actividad, realiza un despido colectivo en base a la perdida de la contrata.

Una nueva adjudicataria sustituye a la anterior empresa y contrata a parte del personal que había sido despedido por la anterior adjudicataria y compra material a la susodicha anterior adjudicataria.

Los trabajadores de la concesionaria saliente, que no fueron contratados por la nueva adjudicataria, interpusieron demanda solicitando la declaración de improcedencia del despido y la condena a la nueva adjudicataria por no haber cumplido la obligación de subrogarlos como al resto de los antiguos trabajadores.

(Imagen: E&J)

El fallo establece que solo razones económicas, técnicas u organizativas posteriores a la transmisión podrían justificar el despido. Si el despido se basa exclusivamente en la perdida de la concesión no es suficiente para evitar la subrogación.

La extinción previa de los contratos no impide reclamar la subrogación.

El Tribunal Supremo entiende, que la nueva empresa debía haberse subrogado en los trabajadores porque la unidad económica se mantuvo y siguió funcionando con el mismo objeto, medios y trabajadores esenciales. En consecuencia el Alto Tribunal declara los despidos improcedentes y obliga a la empresa a elegir entre readmitir a los trabajadores o indemnizarlos.

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