La Audiencia Nacional rechaza una prueba documental por presentarse en papel
La decisión del Tribunal se basa en la aplicación del Real Decreto-ley 6/2023, del 19 de diciembre
(Imagen: E&J)
La Audiencia Nacional rechaza una prueba documental por presentarse en papel
La decisión del Tribunal se basa en la aplicación del Real Decreto-ley 6/2023, del 19 de diciembre
(Imagen: E&J)
La Audiencia Nacional ha rechazado, en un reciente caso sobre conflicto colectivo, una prueba documental presentada en papel por una de las partes involucradas. Según consta en el fallo, dicha negativa ha partido de la aplicación del artículo 41.1 del nuevo Real Decreto-ley 6/2023, el cual establece la obligatoriedad para los participantes en procesos judiciales de presentar «todo tipo de documentos y actuaciones» en formato electrónico.
El caso en cuestión, tal y como analizó este mismo medio el pasado 28 de febrero, resolvía una demanda interpuesta por Comisiones Obreras (CCOO) contra una empresa que, después de ofrecer la posibilidad de teletrabajo a sus empleados, les obligaba a facilitar su número de teléfono personal para la recepción de SMS y/o para acceder a aplicaciones que permitiesen confirmar su identidad, «por motivos de seguridad». Un requisito, sumado a otros tantos, que el sindicato consideraba ilegal.
De hecho, la Audiencia Nacional terminó dando la razón a CCOO, concluyendo que un trabajador no está obligado a proporcionar su número de teléfono ni a utilizar su móvil personal para recibir códigos de seguridad por parte de su empresa con el fin de verificar su identidad. Sin embargo, durante la resolución del pleito, el Tribunal también descartó una prueba documental presentada por la compañía debido a que la misma se había intentado presentar en formato papel.
Una abogada con 26 años de antigüedad es despedida por teletrabajar nueve días en agosto sin autorización de la empresa
Ver la noticia completa →
Procedente el despido de un trabajador por usar la IA y aprovechar su jornada laboral y los recursos de la empresa para prestar servicios para otras compañías
Ver la noticia completa →


