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La inclusión de datos personales en un fichero de morosos, previo aviso, no vulnera el derecho al honor

El Tribunal Supremo advierte en este caso que "no se puede convertir la casación en una tercera instancia"

Imagen saldo negativo, deuda. (Foto: Archivo)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




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La inclusión de datos personales en un fichero de morosos, previo aviso, no vulnera el derecho al honor

El Tribunal Supremo advierte en este caso que "no se puede convertir la casación en una tercera instancia"

Imagen saldo negativo, deuda. (Foto: Archivo)



Una empresa puede, previo aviso al deudor, incluir sus datos personales en el fichero de solvencia sin que ello suponga una vulneración del derecho al honor y a la intimidad personal (18.1 CE). Así lo determina la Audiencia Provincial de Cádiz en una sentencia contra la que se interpuso un recurso de casación que ha sido finalmente desestimado en el Tribunal Supremo.

En este caso, una persona interpuso una demanda contra una empresa, Axactor Invest, por mantener sus datos registrados en el fichero de morosos ASNEF. Consideraba la demandante que la forma de actuar de la sociedad, que había hecho inscripciones de su deuda por valor de 18.940 euros, constituía una intromisión ilegítima en su derecho al honor y a la intimidad y solicitaba que fuesen canceladas.



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