La justicia determina que no puede recaer en la empresa todo el esfuerzo derivado de las medidas de conciliación
La empresa cedió en lo sustancial a las medidas propuestas por la trabajadora
(Imagen: E&J)
La justicia determina que no puede recaer en la empresa todo el esfuerzo derivado de las medidas de conciliación
La empresa cedió en lo sustancial a las medidas propuestas por la trabajadora
(Imagen: E&J)
Si la empresa ha realizado un esfuerzo objetivo por cumplir con las medidas de conciliación laboral y familiar solicitadas por el trabajador, cediendo en aspectos sustanciales, y este no ha puesto de su parte para encontrar una situación que no perjudique excesivamente a ninguna de las partes, no se podrán exigir responsabilidades al empresario. Es lo que establece el Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha en una sentencia en la que desestiman el recurso de suplicación interpuesto por una trabajadora contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Guadalajara, que desestimaba la demanda que interpuso contra la empresa.
La trabajadora, empleada como cocinera en un restaurante de comida italiana, tuvo una hija y solicitó la reducción de jornada de 40 a 25 horas, de lunes a viernes y excluyendo los festivos, de 10.00h a 15.00h. Hasta ese momento trabajaba de miércoles a domingo de 10.00h a 17.00h y de 20.00h a 00.00h. La empresa concedió que esta trabajadora, su única cocinera, cambiase su horario, de lunes a viernes, de 11.00h a 16.00h y sin excluir los festivos. La pareja de la mujer, el padre de la niña, trabaja como conductor de autobuses, en turnos rotativos de mañana y tarde, de lunes a domingo en horario de 6.00h a 15.00h y de 15.00h a 23.00h, sin que conste que haya presentado ninguna solicitud sobre conciliación de la vida laboral y familiar.
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