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Legislación

El complemento por demora de jubilación no computa para adjudicar el complemento para la reducción de la brecha de género

El INSS excluye los extras de las pensiones al comparar a quién de los dos progenitores le corresponde cobrar la brecha de género

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Legislación

El complemento por demora de jubilación no computa para adjudicar el complemento para la reducción de la brecha de género

El INSS excluye los extras de las pensiones al comparar a quién de los dos progenitores le corresponde cobrar la brecha de género

(Imagen: E&J)

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) aclara qué importes de las pensiones que han de ser comparados a los efectos de determinar a qué progenitor corresponde asignar el complemento para la reducción de la brecha de género (CRBG) cuando ambos cumplen los requisitos para su reconocimiento.

Esta aclaración (disponible en el botón ‘descargar resolución’) llega a raíz de que recientemente se haya consultado por parte de algunas direcciones provinciales si debe considerarse “complemento” —y por tanto excluirse del cómputo a efectos de realizar la comparativa entre las pensiones de los progenitores para determinar a quién le corresponde percibir el CRBG— la cantidad anual resultante de aplicar al importe de la pensión máxima el porcentaje adicional no utilizado para determinar la cuantía de la pensión, a la que hace referencia, respecto a supuestos de demora en la jubilación, el último párrafo de la letra a) del artículo 210.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS).

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