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Legislación

Se crea la Academia de Psicología de España y se aprueban sus Estatutos

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Se crea la Academia de Psicología de España y se aprueban sus Estatutos



Real Decreto 378/2015, de 14 de mayo, por el que se crea la Academia de Psicología de España y se aprueban sus Estatutos

Desde finales del siglo XIX, y a un ritmo acelerado en el siglo XX, la Psicología se ha ido configurando a un tiempo como ciencia positiva y como campo de intervención aplicado a problemas individuales y sociales. Como ciencia, la Psicología se halla simultáneamente vinculada a las disciplinas sociales y a las propias del ámbito de la salud. Está próxima a las Ciencias Biológicas, en particular al mundo de las Neurociencias, hoy en plena expansión, mientras que por otro lado mantiene conexiones con la Sociología, la Antropología y las ciencias de la cultura. Por otra parte, ha logrado una amplia generalidad de técnicas de intervención, con instrumentos en buena medida estandarizados, y con posibilidades muy grandes de aplicación a los diversos campos de la actividad humana, desde la educación y la clínica, a las áreas más específicas del mundo deportivo, el asesoramiento legal, o la intervención en los campos penitenciario, forense, de mediación en conflictos, de marginación y dependencia, y para las organizaciones empresariales y sociales. La creciente capacidad de la Psicología para describir, explicar y modificar las situaciones que se producen dentro del mundo de las relaciones humanas, ya sea en el nivel estrictamente interindividual, de persona a persona, como en los niveles grupales y colectivos, ha hecho de ella un saber esencial para hacer frente a los problemas sociales, así como una pieza clave en los esfuerzos por alcanzar un conocimiento profundo de la realidad del ser humano, cuyo comportamiento y cuya mente constituyen el campo de sus indagaciones. En los más diversos lugares y países, la investigación científica y la práctica psicológica han mostrado disponer de un abanico de procedimientos y métodos de acción eficaz, que hace de estos conocimientos unos saberes muy útiles socialmente, y muy relevantes en su dimensión teórica antropológica. Esta actividad científica, social y aplicada, guiada por una vocación personal y un compromiso profundo con la sociedad, es hoy en todas partes objeto de una reflexión y una atención que aconsejan la creación de instituciones del máximo rango intelectual para que sirvan de apoyo y den criterios científicos, desde los que asentar reglas, formular ideales y evaluar resultados. Tanto la investigación rigurosa como la práctica misma, han hecho necesarias la reflexión evaluadora y la consideración rigurosa de amplias miras, que es una finalidad propia de las Academias. Se constata, por tanto, que la Psicología es actualmente un ámbito del saber consolidado y con entidad propia, que sin embargo no está específicamente cubierto por ninguna Academia de ámbito nacional existente. La disposición adicional segunda del Real Decreto 1160/2010, de 17 de septiembre, por el que se regula el Instituto de España, ha reglamentado los aspectos esenciales de la creación de Academias de ámbito nacional, que deberá hacerse por real decreto del Gobierno, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, previo informe del Instituto de España y, en su caso, de la Academia o Academias de ámbito nacional más directamente relacionadas con las materias de que se trate. El real decreto de creación de la Academia incluirá la aprobación de sus primeros Estatutos, los cuales deberán contener como mínimo su denominación, objetivos y funciones, organización, derechos y deberes de los académicos y académicas, y medios económicos para su funcionamiento. Desde el momento de su creación, la Academia tendrá personalidad jurídica y capacidad para el cumplimiento de sus fines.



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