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Legislación

Se prorrogan hasta el 30 de junio y el 15 de agosto de 2016, la presentación de solicitudes de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido a la disminución de la siniestralidad laboral

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Legislación

Se prorrogan hasta el 30 de junio y el 15 de agosto de 2016, la presentación de solicitudes de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido a la disminución de la siniestralidad laboral



Orden ESS/1003/2016, de 22 de junio, por la que se prorrogan los plazos para la presentación de las solicitudes y la remisión de los informes-propuesta de los incentivos correspondientes al ejercicio 2015, al amparo del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. (BOE núm. 151, de 23 de junio de 2016) 

Al amparo de las previsiones establecidas en la disposición final tercera del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral, la Orden TIN/1512/2011, de 6 de junio, la Orden ESS/1368/2012, de 25 de junio, la Orden ESS/911/2013, de 23 de mayo, la Orden ESS/996/2014, de 12 de junio y la Orden ESS/1068/2015, de 3 de junio, vinieron a ampliar hasta el 30 de junio y el 15 de agosto de 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, respectivamente, los plazos para la presentación a las entidades gestoras o mutuas de las solicitudes de las empresas que desearan optar por los incentivos correspondientes a los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 y de remisión por aquéllas de los informes-propuesta a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.



El volumen de gestión derivado de las solicitudes presentadas respecto de los referidos ejercicios hace aconsejable el mantenimiento de la ampliación de plazos señalada para las solicitudes correspondientes al ejercicio 2015, a fin de facilitar a las empresas la presentación de las mismas y racionalizar el inicio de los procedimientos en coherencia con el volumen de expedientes en tramitación.

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