Connect with us
Actualidad

Sancionada con 500 euros una empresa comercial por llamar a un teléfono incluido en la Lista Robinson

La empresa debe consultar los sistemas de exclusión publicitaria antes de utilizar los datos de los potenciales clientes

Llamada telefónica. (Foto: archivo)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Actualidad

Sancionada con 500 euros una empresa comercial por llamar a un teléfono incluido en la Lista Robinson

La empresa debe consultar los sistemas de exclusión publicitaria antes de utilizar los datos de los potenciales clientes

Llamada telefónica. (Foto: archivo)



La Agencia Española de Protección de Datos sanciona con 500 a una empresa que llamó, con fines publicitarios, a una persona con la que no tenía relación comercial alguna y cuyo teléfono estaba incluido en la Lista Robinson.

El número de teléfono figuraba en esta lista desde febrero de 2021. Esto es, en la práctica, el usuario de dicho teléfono había mostrado su oposición a que sus datos fueran tratados con fines de mercadotecnia directa, algo contemplado en el artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Sin embargo, en enero de 2022, el reclamante recibe una llamada con fines comerciales de la empresa Colvacal 2019.



El artículo 23 RGPD señala que  “quienes pretendan realizar comunicaciones de mercadotecnia directa, deberán previamente consultar los sistemas de exclusión publicitaria que pudieran afectar a su actuación, excluyendo del tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo. A estos efectos, para considerar cumplida la obligación anterior será suficiente la consulta de dichas sistemas”.

Dicho sistema no fue consultado o, de otra forma, fue ignorado. Los hechos constituyen una infracción del artículo 48.1.b de la Ley General de Telecomunicaciones en relación con el artículo 23.4 de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Aunque es considerada una sanción leve, procede imponerle una sanción de 500 euros.



La resolución es recurrible ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.



3 Comentarios
3 Comentarios
Más antiguo
El mas nuevo
Inline Feedbacks
View all comments
Anonymous
1 año atrás

La agencia española de protección de datos actúa en favor de los que quiere, yo denuncie llamadas repetitivas de Yoigo (más móvil) estando en listas Robinson e intentando estafarme por parte de Yoigo y pasaron olímpicamente de mi como si nada por parte de la agencia de protección de datos. Que casualidad que recientemente Yoigo reconoce que ha habido intento de estafa desde su central por parte de algunos de sus trabajadores pero no ha indemnizado ni nada, únicamente han comunicado públicamente que se van a poner más duros y con mayores medidas de seguridad a la hora de identificar a sus clientes para que no vuelva a suceder. No hay palabras.

Nombre
Enrique
Anonymous
1 año atrás

Yo tanbien me apunto en esta lista de robinson y siguen las empresas llamandome y molestandome mucho,y no se que puedo hacer.

Nombre
Leonard
Anonymous
1 año atrás

Ya podrían empezar a inspeccionar y a multar más.
Que por ese dinero le sale rentable llamar sin miramientos.

Nombre
Tomasso

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita