Una novedosa sentencia dictamina que no se puede cobrar comisión por ampliación de hipoteca aunque no exceda del 1,5%
El criterio que sigue el Supremo es que sólo es nula si supera el 1,5% del capital financiado
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Cádiz la concede incluso con el 1%. (Imagen: E&J)
Una novedosa sentencia dictamina que no se puede cobrar comisión por ampliación de hipoteca aunque no exceda del 1,5%
El criterio que sigue el Supremo es que sólo es nula si supera el 1,5% del capital financiado
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Cádiz la concede incluso con el 1%. (Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a CaixaBank a devolver a un cliente la comisión por ampliación de la hipoteca que en su día le cobró, aunque ésta no exceda del 1,5% sobre el capital financiado –el máximo fijado por el Tribunal Supremo–, sino que era de un 1%, con un mínimo de cien euros, que se percibiría por anticipado y en una sola vez.
«La comisión de ampliación de hipoteca es una nueva cláusula que se está declarando nula. Esta sentencia es absolutamente novedosa. Llevo muchos casos de Derecho bancario y es la primera vez que veo que se accede a la petición restitutoria aunque la comisión no exceda del 1,5%», declara a Economist & Jurist el letrado del caso, José Luis Ortiz Miranda, socio-director de Bufete Ortiz Abogados, de Cádiz.
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