“Acceso desde el diseño”: la Ley de Datos de la UE convierte el acceso a los datos de una cláusula contractual a un requisito de diseño
La Ley de Datos de la Unión Europea aclara la cuestión de quién es el titular de los datos operativos, sin embargo, deja abierta una cuestión más compleja: si las empresas los comprenden lo suficientemente bien como para poder actuar a partir de ellos
(Imagen: E&J)
“Acceso desde el diseño”: la Ley de Datos de la UE convierte el acceso a los datos de una cláusula contractual a un requisito de diseño
La Ley de Datos de la Unión Europea aclara la cuestión de quién es el titular de los datos operativos, sin embargo, deja abierta una cuestión más compleja: si las empresas los comprenden lo suficientemente bien como para poder actuar a partir de ellos
(Imagen: E&J)
Si preguntamos a un director jurídico, “¿quién es el propietario de los datos operativos que genera su empresa”, muchos responderán que la propia compañía. Pero si se les consulta sobre si realmente pueden acceder a esos datos de forma completa, en un formato utilizable y sin contar con la autorización del proveedor, la respuesta suele ser menos rotunda. Esa brecha entre la titularidad, en la teoría, y el acceso, en la práctica, es la que pretende cerrar la Ley de Datos de la Unión Europea (Reglamento (UE) 2023/2854), aplicable desde septiembre de 2025.
La norma parte del principio de “acceso desde el diseño”. Los productos conectados y los servicios relacionados deben diseñarse y fabricarse de manera que los datos que generan sean accesibles para el usuario por defecto, de forma sencilla, segura y gratuita, y en un formato estructurado, de uso común, y legible por ordenador. La obligación recae sobre el propio diseño del producto, no sobre la negociación contractual.
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