Betsaida Arévalo López, especialista en siniestros de tránsito: «Una reclamación bien documentada también constituye una herramienta de negociación»
Reclamaciones por accidentes de tráfico: la importancia del seguimiento médico y la documentación para obtener una indemnización adecuada
(Imagen: E&J)
Betsaida Arévalo López, especialista en siniestros de tránsito: «Una reclamación bien documentada también constituye una herramienta de negociación»
Reclamaciones por accidentes de tráfico: la importancia del seguimiento médico y la documentación para obtener una indemnización adecuada
(Imagen: E&J)
Las reclamaciones por accidentes de tráfico rara vez se resuelven en un juzgado: en la mayoría de los casos se deciden en una negociación con la compañía aseguradora. En ese terreno, la forma de plantear la reclamación pesa tanto como la gravedad de las lesiones, porque lo que se puede probar, el momento en que se reclama y la documentación aportada condicionan la indemnización final. A partir del caso de un motorista con lesiones en el hombro, esta entrevista analiza cómo el seguimiento médico continuado y la incorporación posterior de nueva documentación permitieron ampliar de 141 a 167 los días de perjuicio reconocidos, hasta cerrar un acuerdo de 17.155,39 euros, según la información facilitada por la entrevistada.
Betsaida Arévalo López (B. A. L.) es abogada, cuenta con un máster en Derecho Empresarial y siete años de experiencia profesional. Está especializada en la gestión de reclamaciones extrajudiciales por siniestros de tráfico frente a aseguradoras, ámbito en el que negocia, analiza la documentación de cada expediente, fundamenta jurídicamente las reclamaciones y defiende los intereses de los perjudicados. Paralelamente, ejerce en Derecho bancario, donde gestiona reclamaciones extrajudiciales y prepara demandas, principalmente en asuntos de cláusulas hipotecarias abusivas, IRPH y cláusulas suelo. Su actividad en materia de tráfico se articula a través de Calculatuindemnización.
En la conversación, la letrada defiende la necesidad de esperar a la estabilización de las lesiones antes de cuantificar el daño y explica por qué una reclamación bien documentada es también una herramienta de negociación, sobre todo cuando la diferencia con la oferta de la aseguradora hace plausible acudir a juicio y asumir el riesgo de las costas. Repasa además los errores más frecuentes, desde los fallos en los datos del siniestro y el cómputo de los plazos de prescripción hasta la firma del parte amistoso sin que el contrario asuma la responsabilidad, y las dificultades para acreditar conceptos como el lucro cesante o los gastos de desplazamiento. Cierra con recomendaciones prácticas para quien acaba de sufrir un accidente: acudir a urgencias dentro de las 72 horas posteriores, mantener el tratamiento hasta el alta, conservar toda la documentación y no demorar la asistencia jurídica.
Economist & Jurist (E&J).- ¿Podría explicarnos brevemente cómo se produjo el accidente y cuáles fueron las principales consecuencias para el motorista?
Betsaida Arévalo López (B. A. L.).- El accidente tuvo lugar el 15 de enero, aproximadamente a las 20:40 horas. El cliente circulaba en motocicleta por el único carril de circulación existente. Delante de él circulaba el vehículo contrario, cuyo conductor redujo la velocidad, señalizó con el intermitente izquierdo y se aproximó hacia dicho lado de la vía, aparentando iniciar una maniobra de giro o detención.
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Ante esta situación, el cliente continuó su trayectoria y procedió a rebasar al vehículo por su lado derecho. Sin embargo, de forma repentina, el vehículo contrario reanudó la marcha y modificó su trayectoria hacia la derecha, realizando una maniobra que terminó invadiendo la trayectoria de nuestro cliente y provocando la colisión lateral entre ambos vehículos.
A consecuencia del accidente y según la documentación médica, mi cliente presentó un edema óseo contusivo en el troquíter (contusión ósea), acompañado de tendinosis del tendón supraespinoso y bursitis reactiva leve. Afortunadamente, no se produjo ninguna fractura, aunque sí fue diagnosticado de omalgia severa, con una importante limitación de la movilidad del hombro. Para su recuperación, realizó aproximadamente 78 sesiones de rehabilitación hasta alcanzar la estabilización.

(Imagen: E&J)
E&J.- ¿Cuáles fueron las principales dificultades jurídicas que planteaba inicialmente la reclamación de indemnización?
B. A. L.- De acuerdo con la comunicación inicial, una de las primeras cuestiones era la determinación de la responsabilidad. En este caso, un aspecto positivo fue que mi cliente tuvo contacto con la Policía en el momento del accidente. Inicialmente, el contrario no quería asumir la responsabilidad de los hechos, pero, gracias a la intervención de terceros que pudieron dar aviso a los servicios de emergencia y a la Policía, fue posible levantar el correspondiente atestado con los datos del accidente. Por ello, finalmente no tuvimos dificultades relevantes en cuanto a la determinación de la responsabilidad.
La principal dificultad vino posteriormente con el seguimiento médico. En Calculatuindemnizacion, el servicio de asistencia jurídica y negociación que ofrecemos va acompañado de un seguimiento de la evolución médica del cliente. Esto nos permite estar al tanto de posibles contratiempos durante el tratamiento, como dificultades para obtener la documentación médica, interrupciones o finalizaciones prematuras del tratamiento, o altas médicas cuando todavía no existe una verdadera estabilización de las lesiones.
En este caso, fue especialmente importante realizar un seguimiento continuado de la evolución de mi cliente y esperar a que se produjera una adecuada estabilización de las lesiones, lo que tuvo lugar aproximadamente seis meses después del accidente. Solo una vez alcanzada dicha estabilización pudimos valorar de forma adecuada el alcance de las lesiones y plantear la reclamación indemnizatoria.
E&J.- En este caso se ha destacado la importancia del seguimiento médico y documental. ¿Qué papel tuvo esta documentación en la valoración final de los daños?
B. A. L.- Toda. Para negociar correctamente con las aseguradoras es necesario contar con la mayor cantidad posible de documentación que permita acreditar de forma continuada la evolución de las lesiones y justificar el tipo de perjuicio que estamos reclamando.
Desde mi experiencia, considero que algunas aseguradoras establecen, en ocasiones, determinados criterios o exigencias documentales para reconocer determinados días de perjuicio, tratamientos o secuelas que, desde el punto de vista jurídico, pueden resultar muy discutibles. Sin embargo, hay que ser plenamente conscientes de que acudir a los tribunales supone para el lesionado afrontar un procedimiento más largo, con unos costes y una inversión de tiempo que no todas las personas están dispuestas o en condiciones de asumir.
Por ello, considero fundamental que la reclamación inicial esté bien fundamentada y acompañada de una documentación médica clara, completa y coherente con lo que se está solicitando. No se trata únicamente de reclamar una determinada cantidad, sino de explicar y acreditar por qué se reclama.
Además, una reclamación bien documentada también constituye una herramienta de negociación. Cuando la aseguradora recibe una reclamación en la que los días de perjuicio, las secuelas y el resto de conceptos indemnizables están debidamente fundamentados, y existe una diferencia significativa entre lo reclamado y la oferta que plantea, queda constancia de que existe una base jurídica y probatoria sólida para defender la pretensión también en vía judicial. Esto puede favorecer que la compañía valore seriamente la posibilidad de alcanzar un acuerdo antes de llegar a juicio, especialmente teniendo en cuenta las posibles consecuencias en materia de costas.
E&J.- ¿Qué lesiones y secuelas fueron finalmente tenidas en cuenta para determinar la indemnización?
B. A. L.- En el caso inicial se consideraron 141 días de perjuicio personal moderado, teniendo en cuenta que mi cliente siguió tratamiento médico durante dicho periodo, coincidiendo además con una situación de baja laboral que acredita que no podía desarrollar con normalidad sus actividades habituales. Estas circunstancias justificaban la consideración de dichos días como perjuicio moderado, de conformidad con lo previsto en el artículo 138.4 del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
En cuanto a las secuelas, se solicitaron 3 puntos por artrosis postraumática y/o hombro doloroso, así como 2 puntos por limitación de la movilidad del hombro, concretamente respecto de la abducción, cuya movilidad normal es de 180°, presentando mi representado una limitación que le permite realizar movimientos superiores a 45° e inferiores a 90°.
Por último, también se reclamaron los gastos de desplazamiento que mi cliente tuvo que asumir para poder acudir al tratamiento médico y rehabilitador derivado del accidente.

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E&J.- ¿Qué criterios del Baremo de tráfico resultaron especialmente relevantes para calcular la cuantía de 17.155,39 euros?
B. A. L.- En este caso, los criterios del Baremo que resultaron principalmente relevantes fueron la valoración de las lesiones temporales, las secuelas y los gastos debidamente acreditados documentalmente.
En cuanto a las lesiones temporales, inicialmente se consideró un perjuicio personal particular moderado, atendiendo a que, durante el periodo de recuperación, mi cliente se encontraba limitado para desarrollar con normalidad sus actividades habituales y, además, seguía tratamiento médico. Conforme al Baremo aplicable en 2026, el perjuicio moderado se cuantificaba en 67,96 euros por día.
En Calculatuindemnizacion contamos con un sistema que facilita el cálculo de las cuantías correspondientes a cada concepto indemnizatorio conforme a los valores establecidos legalmente en el Baremo. No obstante, buscamos siempre determinar correctamente las secuelas que realmente corresponden al lesionado, en función de la documentación médica disponible.
En este caso, inicialmente se reclamaron 141 días de perjuicio, dado que en ese momento ya contábamos con el alta médica y con la documentación que permitía acreditar dicho periodo. El cliente quería que se iniciara cuanto antes la reclamación, por lo que, atendiendo al tiempo transcurrido desde el accidente y a su evolución médica, decidimos presentar la reclamación con la documentación disponible, aun cuando todavía no se había producido el alta laboral. Sabíamos que muchas aseguradoras, en fase de negociación, no amplían los días de perjuicio si la baja laboral no se sustenta con seguimiento médico continuado de forma paralela.
No obstante, una vez obtenida el alta laboral, la incorporamos a la reclamación ya iniciada y solicitamos la correspondiente ampliación. Esta fue finalmente aceptada por la aseguradora, pasando el periodo indemnizable de 141 a 167 días de perjuicio.
A ello se añadió la valoración de los 5 puntos de secuela, junto con los gastos que habían sido debidamente acreditados. La consideración conjunta de estos conceptos, y especialmente el reconocimiento de los días adicionales tras la ampliación y de las secuelas, fue determinante para alcanzar la indemnización final de 17.155,39 euros.
E&J.- Desde su experiencia, ¿qué errores son más frecuentes en las reclamaciones por accidentes de tráfico y pueden terminar perjudicando la indemnización del lesionado?
B. A. L.- Hay muchos errores frecuentes y, desde mi experiencia, considero que muchos de ellos podrían evitarse si desde el primer momento se valida correctamente la información que proporciona el cliente y se revisa con detalle toda la documentación disponible.
Los errores en la matrícula, en la compañía aseguradora, en la fecha del accidente o incluso en la identificación de los implicados pueden generar problemas que después son difíciles de corregir, porque se convierten en herramientas que pueden utilizar las aseguradoras para rehusar la responsabilidad o dilatar el tiempo de respuesta.
Otro punto especialmente delicado son los plazos. Una mala consideración de la fecha de alta por estabilización lesional, por ejemplo, puede llevar a realizar un cómputo incorrecto del plazo de prescripción y poner en riesgo toda la reclamación.
También hay acciones diligentes que debe tomar sí o sí el perjudicado en el momento del accidente. Hay personas que abandonan el lugar del siniestro sin cumplimentar correctamente el parte amistoso. Sucede con frecuencia que se firma el parte aunque el contrario no asuma la responsabilidad y se deja toda la gestión para después, en lugar de comunicar los hechos a la Policía para el correcto levantamiento del atestado. Ese tipo de actuaciones pueden complicar posteriormente la acreditación de la dinámica del accidente y terminar perjudicando la reclamación.
Para mí, la diligencia tiene que existir desde el primer momento. Una reclamación puede estar jurídicamente bien planteada, pero si el accidente no quedó correctamente documentado, si faltan informes médicos, si existen errores en los datos o si el cliente y el abogado no mantienen una comunicación adecuada, el margen de actuación puede reducirse considerablemente.
E&J.- ¿Hasta qué punto considera importante realizar un seguimiento médico adecuado y conservar toda la documentación desde el momento del accidente?
B. A. L.- Como señalé anteriormente, este aspecto es esencial. La mayoría de las aseguradoras evalúan la continuidad del tratamiento médico a la hora de determinar correctamente los días de perjuicio y las posibles secuelas. Por ello, es importante señalar al cliente la necesidad de ser diligente con su seguimiento médico, de manera que no pueda atribuirse a su falta de diligencia la demora en alcanzar la estabilización lesional.
Esto, en ningún caso, significa que deba acelerarse el proceso médico ni que el cliente deba someterse a tratamientos innecesarios o contrarios a las indicaciones de los profesionales sanitarios. Sin embargo, sí debe existir una diligencia razonable por parte del paciente en el cumplimiento de las citas, los tratamientos y las recomendaciones médicas.
De esta forma, se evita que la aseguradora pueda atribuir al propio cliente la responsabilidad por una prolongación del proceso de curación o por la demora en alcanzar la estabilización de sus lesiones, argumento que algunas aseguradoras utilizan para cuestionar o reducir los días de perjuicio y las secuelas reclamadas.

(Imagen: E&J)
E&J.- ¿Qué dificultades encuentran habitualmente los abogados a la hora de acreditar el alcance real de las lesiones y sus consecuencias personales, laborales o económicas?
B. A. L.- Desde mi experiencia, diría que el principal problema radica en la falta de documentación objetiva que permita acreditar determinados conceptos reclamados. Hay casos en los que los clientes pretenden que se les reconozcan ciertos importes, como el lucro cesante, los gastos de desplazamiento, otros daños materiales distintos de los sufridos por el vehículo o incluso determinados gastos adicionales que se generan, por ejemplo, en la dinámica familiar como consecuencia de la lesión de uno de sus integrantes.
En muchos casos, estas situaciones se nos trasladan de forma principalmente verbal, lo que no significa necesariamente que no sean ciertas, pero sí dificulta considerablemente su acreditación. Si ya tiene cierta complejidad conseguir un correcto reconocimiento por parte de las aseguradoras incluso cuando se dispone de documentación médica suficiente, la acreditación de los gastos y perjuicios adicionales exige una mayor rigurosidad documental.
Además, este tipo de conceptos, muchas veces, no son contestados expresamente por las aseguradoras, salvo que se haga especial hincapié en ellos o se reiteren de forma expresa durante la negociación. Es necesario aportar una documentación suficientemente sólida para que la aseguradora perciba que se trata de conceptos reales, acreditables y que, en caso de no ser reconocidos, podrían llegar a ser objeto de una reclamación judicial.
Este problema se agrava cuando el cliente acude a consulta jurídica varios meses después del accidente. En ese momento, por razones temporales, ya puede resultar imposible proporcionarle determinadas recomendaciones que habrían sido fundamentales desde el inicio, como conservar facturas, justificar desplazamientos, recopilar determinados documentos o adoptar otras medidas destinadas a dejar constancia de los perjuicios sufridos.
E&J.- ¿Considera que existe suficiente conocimiento por parte de los afectados sobre los derechos que pueden ejercer tras sufrir un accidente de tráfico?
B. A. L.- Depende del lesionado. Hay personas que ya han tenido experiencias similares anteriormente y han logrado comprender, al menos en parte, el funcionamiento y la dinámica de la negociación previa a una eventual vía judicial. Sin embargo, existe una gran mayoría de personas que no tiene claro qué actuaciones son importantes cuando sufre un accidente de tráfico ni cómo debe actuar durante el proceso posterior.
En muchos casos, dejan transcurrir demasiado tiempo entre consultas o tratamientos, lo que termina rompiendo la continuidad del proceso asistencial. Si bien es cierto que una interrupción en el tratamiento no elimina necesariamente la posibilidad de recibir una indemnización por las lesiones sufridas, sí puede ser utilizada por las aseguradoras para cuestionar la evolución de las lesiones, la duración del proceso de curación o incluso la relación entre determinadas dolencias y el accidente, llegando a cuestionar o romper el nexo de causalidad y perjudicando considerablemente la posición del lesionado durante la fase previa de negociación.

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E&J.- Para finalizar, ¿qué recomendación daría a una persona que acaba de sufrir un accidente y tiene que iniciar una reclamación por daños y perjuicios?
B. A. L.- Mis recomendaciones serían, en primer lugar, asistir a urgencias dentro de las 72 horas posteriores al accidente; cumplimentar correctamente el parte amistoso cuando exista acuerdo sobre la responsabilidad del contrario; o comunicar los hechos a la Policía de forma inmediata cuando existan discrepancias o problemas respecto de la aceptación de responsabilidad, incluso cuando, en el momento de los hechos, aparentemente no se hayan producido daños o lesiones, ya que determinadas consecuencias pueden manifestarse o hacerse evidentes con posterioridad.
Asimismo, es fundamental iniciar y mantener un proceso médico continuado hasta recibir el alta médica, así como conservar toda la documentación relacionada con el accidente, los tratamientos y los gastos derivados del mismo.
Si se plantea contratar asistencia jurídica, aconsejaría no esperar a que transcurra demasiado tiempo desde el accidente, ya que una intervención temprana permite prevenir determinadas situaciones, conservar adecuadamente la prueba y ofrecer una orientación más precisa, especialmente porque no todos los casos presentan el mismo nivel de complejidad.
Si, en su defecto, la reclamación se va a realizar de forma personal, recomendaría valorar la realización de un informe o pericial médica que permita determinar correctamente las lesiones y el tipo de perjuicio personal según el Baremo de tráfico.

