Estafas de 660 y 1.000 euros: dos falsos alquileres acaban con condenas de cárcel en Zaragoza
Un anuncio en Fotocasa, pagos por Bizum y un agravante que dispara la pena: así castigan los tribunales el fraude con viviendas
Estafas de 660 y 1.000 euros: dos falsos alquileres acaban con condenas de cárcel en Zaragoza
Un anuncio en Fotocasa, pagos por Bizum y un agravante que dispara la pena: así castigan los tribunales el fraude con viviendas
La Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a un año de prisión a dos acusados que anunciaron en Fotocasa pisos que nunca tuvieron intención de alquilar. Las sentencias (disponibles en el botón ‘descargar resolución’), ambas de la misma fecha, se dictaron por conformidad. Las cantidades defraudadas fueron modestas, 660 euros en un caso y 1.000 en el otro, pero el Código Penal agrava la estafa cuando recae sobre una vivienda.
Los hechos probados siguen un patrón casi idéntico. Cada acusado publicó en Fotocasa el alquiler de un piso en Zaragoza y atendió a la persona interesada por teléfono, con líneas de prepago adquiridas con datos de terceros que no lo sabían ni lo consintieron. El dinero lo recibía el propio acusado. Una vez cobrado, dejó de contestar llamadas y mensajes. Las sentencias solo condenan por estafa, y Fotocasa figura únicamente como el sitio donde se publicó el anuncio.
En la sentencia 350/2026, el alquiler era de 600 euros mensuales. El 23 de mayo de 2025, el perjudicado hizo dos Bizum, de 350 y 250 euros, y una transferencia de 60 euros a una cuenta del acusado en el banco belga KBC: 660 euros en total. El atestado de la Policía Nacional, de la Comisaría de Zaragoza-Delicias, está fechado el 29 de mayo, seis días después.
En la 351/2026, el anuncio pedía 500 euros mensuales más 550 de fianza. El 23 de junio de 2025, el perjudicado hizo dos Bizum de 250 euros cada uno y una transferencia de 500 euros a una cuenta a nombre del acusado: 1.000 euros en total.
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(Imagen: E&J)
Por qué hay cárcel por tan poco dinero
El tribunal calificó los hechos como estafa agravada de los artículos 248 y 250.1.1.º del Código Penal. Este último precepto eleva la pena cuando el delito recae sobre «cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social»: prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses. Sin esa agravación, la estafa de más de 400 euros se castiga con prisión de seis meses a tres años.
Ambos condenados recibieron el mínimo legal de las dos penas: un año de prisión y multa de seis meses, a razón de tres euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria si no la pagan, conforme al artículo 53 del Código Penal. A ello se suman la inhabilitación para el sufragio pasivo durante la condena, las costas y la indemnización a la víctima: 660 euros en la sentencia 350/2026 y 1.003,50 en la 351/2026 (esta última no explica los 3,50 euros de diferencia con lo pagado), con los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Conformidad y suspensión pendiente
Las dos resoluciones son de estricta conformidad. Acusado y defensa aceptaron la calificación y las penas del Ministerio Fiscal, por lo que el tribunal consideró innecesario continuar el juicio y, con cita del artículo 787.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se limitó a imponer lo aceptado. Las sentencias son firmes y solo cabe recurrirlas si no se respetaron los términos de la conformidad.
La cárcel efectiva tampoco está decidida: ambas sentencias remiten a la fase de ejecución la posible suspensión de la pena de prisión.

(Imagen: E&J)
Señales de alerta para quien busca piso
Los hechos probados dibujan un patrón reconocible: contacto por teléfono, pago adelantado mediante Bizum o transferencia a un particular y silencio total tras el ingreso. Como consejos generales, conviene visitar la vivienda y comprobar la identidad de quien la ofrece antes de pagar, y desconfiar de las prisas.
Si el pago ya se ha hecho, lo prudente es conservar el anuncio, los mensajes y los justificantes, denunciar cuanto antes y avisar al banco. Y que un tribunal fije una indemnización no garantiza recuperar el dinero: depende de que el condenado pueda pagar. En estos casos, de los hechos a la sentencia pasaron entre 16 y 17 meses.

