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Artículos

(II/II) La situación actual de las pensiones

El buen deseo del gobierno de turno aparece enmascarado por la discusión política permanente

(Foto: iStock)

Jordi Fontquerni Bas e Yvonne Fontquerni Coloma

Procuradores de los Tribunales.




Tiempo de lectura: 5 min



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(II/II) La situación actual de las pensiones

El buen deseo del gobierno de turno aparece enmascarado por la discusión política permanente

(Foto: iStock)



El régimen público de pensiones se basa en España en el sistema de reparto, en el que se pretende garantizar la estabilidad financiera en la relación proporcional de beneficiarios y cotizantes al sistema de la Seguridad Social. Lo que es evidente, por mucha propaganda que se vierta en contra, es la insuficiencia de dicho sistema de reparto, que se complementa necesariamente con las aportaciones de las sociedades mercantiles y trabajadores. Es decir, son las cotizaciones de los empleados en activo y las empresas las que financian las prestaciones económicas y asistenciales existentes en cada momento. Dichas cotizaciones al sistema de pensiones son de carácter obligatorio y su financiación se reparte entre el empleado y la empresa. Con dichas aportaciones se forma un fondo para atender al pago de las pensiones.

En ocasiones el buen deseo del gobierno de turno aparece enmascarado por la discusión política permanente, lo que supone cambios políticos continuos, lo que constituye un mal endémico en el sistema, creando inseguridad jurídica, pues en ocasiones no hay tiempo para una reforma legislativa produzca sus efectos financieros que se esperaban de ella.



Aparece también una falta de previsibilidad en el futuro, debido a la debilidad estructural de la economía española, tan dependiente de elementos y factores tan volátiles como el turismo y tan propensa a quedar afectada por cualquier crisis, de la naturaleza que sea, que, como se ha demostrado, produce efectos devastadores en la economía y también en lo que ahora nos ocupa, en el sistema público de pensiones al afectar gravemente a su auto financiación. Además, debido al déficit público, a la existencia de una deuda pública insoportable, se aprecia una tendencia a la baja en el importe de las cuantías de las pensiones, como se ha demostrado muy recientemente, pues la Seguridad Social aumenta en un 2’5% el importe de las pensiones contributivas, pero luego la Hacienda Pública sube el porcentaje aplicable a las mismas con su reducción correspondiente.

En ocasiones no hay tiempo para una reforma legislativa produzca sus efectos financieros que se esperaban de ella

Ante ello, no cabe sino responsabilidad económicamente al futuro pensionista para que coparticipe en el importe de la pensión que recibirá en el futuro. Es decir, su contribución económica por medio de aportaciones o cotizaciones personales, debe multiplicarse cuanto antes a efectos de que el día de mañana, ese importe que tiende a disminuir en la actualidad, al menos se mantenga en una cuantía que pueda justificar la capacidad de adquisición, que ahora, se va perdiendo lentamente.



«El envejecimiento progresivo de la población hará que el conjunto de personas con edad superior a 65 años sea cada año más numeroso e importante». (Foto: UGT)



Con ello se quiere significar, aparte de los esfuerzos del Gobierno para mantener esa capacidad de adquisición de los pensionistas, que parece una quimera inalcanzable, que es necesario, absolutamente necesario el aumento progresivo de la participación del futuro pensionista en la contribución a aumentar el importe de su pensión.

Como ello no es suficiente, no queda más remedio que defender a ultranza, como ha ocurrido en otros países, la coexistencia de un régimen privado para que el futuro pensionista pueda completar la disminución progresiva del importe de las pensiones, que, de no proceder a las correspondientes reformas legislativas, será simbólica en cuestión de años.

Así es, se debe priorizar la contribución del futuro pensionista en pensiones privadas, que serían el complemento ideal para compensar a las públicas. Eso es precisamente lo que ocurre con otros países, especialmente Reino Unido donde en la actualidad hay una sola pensión oficial o pública, la denominada Nueva Pensión del Estado que sólo tiene en cuenta los años de cotización, pero no el importe de lo cotizado. De este modo, la pensión es igual para todos (en la actualidad su importe es de 173 libras esterlinas a la semana), al no depender de lo mucho o poco que haya cotizado el pensionista). A cambio de ello, de homologar las pensiones en este sistema, se da entrada a la pensión privada, en la que el futuro pensionista puede cotizar o contribuir con la cantidad económica que desee y al mismo tiempo se mejora con el 25% de dicha cantidad por parte del Estado.

Lo anterior va acompañado de un tratamiento fiscal muy favorable, a diferencia de lo que ocurre en España, donde lamentablemente la Hacienda Pública considera que el jubilado, al percibir su pensión, su cuantía es considerada erróneamente un rendimiento o renta a efectos de su debida fiscalización en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Conviene recordar que un pensionista no es un trabajador, un empleado, un funcionario en servicio activo y que no obtiene rendimientos ni rentas, sino simplemente una pensión fruto de sus cotizaciones cuando se encontraba en activo. El pensionista no es encuentra en servicio activo, pues su relación de servicios se ha extinguido. ¿Cómo es posible que se le apliquen los porcentajes del IRPF como si fuese un trabajador o un empleado en servicio activo? ¿Cómo se puede afirmar que, en la reciente reforma de pensiones, se garantiza el poder adquisitivo del pensionista, cuando en virtud del IRPF su cuantía disminuye al aplicar sus porcentajes correspondientes?

¿Cómo es posible que se le apliquen los porcentajes del IRPF como si fuese un trabajador o un empleado en servicio activo?

La situación actual, por mucho que la propaganda afirme lo contrario, es insostenible. No se tiene en cuenta algunos de los principios y elementos sustanciales que deben valorarse debidamente en cualquier reforma legislativa.

Estos dos principios básicos que se olvidan con facilidad son la ostensible disminución de la natalidad española y el progresivo envejecimiento de la población.

Ello significa, entre otras cosas, una disminución notoria de la población laboral, que, si bien en la actualidad se cifra en 3’8 cotizantes por cada pensionista, en el año 2040 (faltan sólo 18 años), será de 1’8 cotizantes, según fuentes del propio Instituto Nacional de Estadística. Si se considera que incluso la relación de 3’8 cotizantes por pensionista es ya insuficiente, habrá que esperar al año 2040 cuando sólo llegue a una proporción de 1’8 cotizantes. Si ello se produce, será completamente imposible poder atender al régimen de pensiones.

La situación actual, por mucho que la propaganda afirme lo contrario, es insostenible

En el mismo sentido, el envejecimiento progresivo de la población hará que el conjunto de personas con edad superior a 65 años sea cada año más numeroso e importante, constituyendo una carga presupuestaria imposible de atender.

En la actualidad las prestaciones contributivas de la Seguridad Social en enero del año 2021, habían aumentado un 3’26% respecto del año 2020. Y para los años 2022 y 2023 se espera un conjunto de once millones de pensionistas que deberán ser atendidos debidamente. ¿De dónde saldrán los recursos necesarios para ello? La solución típica española es acudir a la subida de impuestos, que no solucionará el problema, sino que lo agravará, por afectar gravemente a la economía en general. La estructura de la pirámide de población en España se transformará en el aumento de personas de más de 65 años, sin que se haya previsto, a estas alturas, el remedio jurídico y financiero correspondiente.

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