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Artículos

Ley del “solo sí es sí”: notas prácticas sobre la revisión de sentencias condenatorias

“Debe iniciarse de oficio el procedimiento para la revisión de aquellas condenas en que se evalúe que es posible aplicar una pena inferior conforme a la versión ahora vigente del Código Penal”

(Foto: Diario de León)

Florentino G. Ruiz Yamuza

Magistrado de la Audiencia Provincial de Huelva




Tiempo de lectura: 17 min



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Ley del “solo sí es sí”: notas prácticas sobre la revisión de sentencias condenatorias

“Debe iniciarse de oficio el procedimiento para la revisión de aquellas condenas en que se evalúe que es posible aplicar una pena inferior conforme a la versión ahora vigente del Código Penal”

(Foto: Diario de León)

De la viabilidad, y necesidad, de revisar las penas impuestas



La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, de considerable extensión, con 61 artículos, cinco disposiciones adicionales, una disposición transitoria y veinticinco disposiciones finales, establece una serie de medidas de diversa índole encaminadas, según su art. 1, a garantizar y proteger de forma integral el derecho a la libertad sexual y a erradicar toda violencia sexual.

Con tal propósito, regulan varios ámbitos, Título I, Investigación y producción de datos sobre las causas sobre el fenómeno de la violencia sexual; Título II, Prevención y Detección; Título III, Formación; Título IV, Derecho a la asistencia integral, especializada y accesible; Título V, Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; Título VI, Acceso y obtención de Justicia; Título VII, Derecho a la reparación; y Título VIII, Medidas para la aplicación efectiva de la propia ley.



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