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Casos de éxito

Ejercicio de la acción de impugnación de acuerdo de Junta de Propietarios

"La parte demandada carecía de ascensor para lo cual en 2007 comenzó gestiones para su instalación"

(Foto: E&J)

Jorge García Bustamante

Responsable del Área de Inmobiliario y Penal Económico en Innova Abogados




Tiempo de lectura: 6 min



Casos de éxito

Ejercicio de la acción de impugnación de acuerdo de Junta de Propietarios

"La parte demandada carecía de ascensor para lo cual en 2007 comenzó gestiones para su instalación"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 28-12-2018
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Propiedad horizontal
  • Número: 13406
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Actas con acuerdo, Demanda, Impugnación, JUNTA DE PROPIETARIOS
  • Documentalista: Noelia Gómez de Ávila

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho

  • Burgos, 04-07-2017

La parte demandada carecía de ascensor para lo cual en 2007 comenzó gestiones para su instalación. Para ello era necesario ocupar el espacio de los cuatro locales, los cuales son los demandantes. El 21 de diciembre de 2007, mediante otro acuerdo de la Comunidad, se acordó facultar al Presidente para firmar acuerdos con los propietarios de los locales, mediante varias opciones. En fecha 14 de febrero de 2008, el presidente firmó dos contratos privados de compraventa con los propietarios de 2 de los locales, del espacio necesario para la instalación, con la triple confición de que si el precio que les correspondería pagar a los locales era inferior, se les abonaría la cantidad de hasta 6.000 €. Con los propietarios de los otros dos locales no se alcanzó dicho acuerdo, pues eran grandes y los tenían arrendados. El 24 de noviembre de 2008, se acordó prorrogar las facultades del presidente para alcanzar acuerdos con los locales. El 21 de octubre de 2009, se aprobó por unanimidad compensar la cesión del espacio local grande por una cantidad de 12.500 €, así como dejar un espacio mínimo para instalar el comprensor e indemnizar a los arrendatarios. En fecha de 31 de mayo de 2010 se acordó prorrogar el mandato del Presidente en la firma de acuerdos privativos y notariales, así como autorizar a los locales la segregación para la instalación del ascensor.  El 01 de junio de 2010 se firma acuerdo en el que se acuerda permutar la parte necesaria de los locales para la instalación del ascensor, eximir a los propietarios de los locales la totalidad de los gastos que se generen, renunciar a reclamar las molestias por el compresor, así como que el local queda exento de los gastos que generen su cuota de participación en la comunidad de vecinos. Acuerdo que se amplia a los cuatros locales. En 2011 se acudió a la notaria para transmitir las propiedades de los locales y en el que se hacia constar en dicha venta un valor simbólico que nunca se pagó ni se reclamó. Desde estos acuerdos, los locales no han abonado gasto alguno y el 19 de abril de 2016, se incorpora por primera vez a los demandantes como deudores.



Objetivo: cuestión planteada

  • Que se anule el acuerdo segundo en lo que se refiere a la aprobación de liquidación individual de los locales 1,2,3 y 4 en las cantidades de 176,75 €, 168,08€, 135,15€ y 147,27€.
  • Que se anule el acuerdo tercero en lo que se refiere a la aprobación de las cuotas anuales de los locales 1,2,3, y en las cantidades de 130,15€, 123, 78€, 99,53€ y 108,47 €.
  • Que se anule el acuerdo quinto en lo que se refiere a la aprobación de liquidación de deuda de os locales 1,2,3 y 4 en la partida referida al 05 de abril de 2017 por las cantidades de 176,75 €, 168,08€, 135,15€ y 147,27€.

La estrategia: solución propuesta

La estrategia del letrado está destinada a demostrar los siguientes hechos:

  • Existencia de un contrato privado aprobado por unanimidad.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de 1ª Instancia
  • Tipo de procedimiento: Juicio ordinario
  • Fecha de inicio del procedimiento: 04-07-2017

Partes

Parte Demandante

  • Cliente

Parte Demandada

  • Comunidad de propietarios

Peticiones realizadas

Parte Demandante

  • Que se anule el acuerdo segundo en lo que se refiere a la aprobación de liquidación individual de los locales 1,2,3 y 4 en las cantidades de 176,75 €, 168,08€, 135,15€ y 147,27€.
  • Que se anule el acuerdo tercero en lo que se refiere a la aprobación de las cuotas anuales de los locales 1,2,3, y en las cantidades de 130,15€, 123, 78€, 99,53€ y 108,47 €.
  • Que se anule el acuerdo quinto en lo que se refiere a la aprobación de liquidación de deuda de los locales 1,2,3 y 4 en la partida referida al 05 de abril de 2017 por las cantidades de 176,75 €, 168,08€, 135,15€ y 147,27€.

Parte Demandada

  • Que se desestime íntegramente de la Demanda, respecto de los tres actores, y absuelva a la Comunidad de Propietarios demandada de todos los pedimentos de la Demanda.

Argumentos

Parte Demandante

  • Se aprueba por unanimidad una liquidación individual de los locales correspondientes a las siguientes cantidades: 176,75 € (local 1) 168,08€ (local 2) 135,15€ (local 3) y 147,27€ (local 4)
  • Acuerdo unánime un presupuesto total anual de 9675,21€ para lo cual se fijan unas cuotas de 50 € mensuales para las viviendas y 130,15€ (local 1) 123, 78€ (local 2) 99,53€ (local 3) 108,47 € (local 4)
  • Contrato privado firmado por todos los propietarios en el que se acuerda permutar la parte necesaria de los locales para la instalación del ascensor.
  • Exime a los propietarios de estos locales de la totalidad de los gastos que se generen con motivo de la instalación del ascensor actual, renunciar a reclamar molestias por el compresor.
  • El local queda exento en su totalidad de los gastos que generen su cuota de participación en la comunidad de vecinos a partir de la firma del acuerdo.

Parte Demandada

  • Los acuerdos impugnados se tratan de acuerdos por los que la Comunidad pretende volver a la situación de origen recogida en el titulo constitutivo.
  • No es necesario acuerdo unánime, sino mayoría de propietarios.
  • No se acuerda exoneración alguna a favor de los propietarios en ningún punto de los contratos.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

  • Poderes apud acta.
  • Copropietario del local comercial de planta baja.
  • Copropietaria del local comercial de planta baja.
  • Copropietaria de los locales comerciales de planta baja.
  • Copia del acta de la Junta de Propietarios de carácter ordinario.
  • Copia del acta de reunión de comunidad de 18 de junio de 2007.
  • Acuerdos privados con los propietarios de los locales.
  • Firma de dos contratos privados de compraventa con los propietarios.
  • Acuerdo de Comunidad.

Resolución Judicial

  • Fecha de la resolución judicial: 09-03-2018

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:



Segunda instancia

  • Tipo de recurso: Recurso de apelación
  • Recurrente: Cliente
  • Fecha del recurso: 20-03-2018
  • Tribunal: Audiencia Provincial

Resolución judicial del recurso

  • Fecha de la resolución judicial: 28-12-2018

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

Estima el recurso de apelación interpuesto y declaran nulos el acuerdo segundo en lo que se refiere a la aprobación de liquidación individual de los locales 1,2,3 y 4, en las cantidades de 176,75 €, 168,08 €, 135,15 € y 147, 27€; El acuerdo tercero en lo que se refiere a la aprobación de cuotas anuales de los locales 1,2,3 y 4, en las cantidades de 130,15 €, 123,78 €, 99,53 € y 108,47 €; El acuerdo quinto en lo que se refiere a la aprobación de liquidación de deuda de los locales 1,2,3 y 4, en la partida referida al 5 de abril de 2017 por las cantidades de 176,75 €, 168,08 €, 135,15 € y 147,27 €.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

Los actos posteriores de la COMUNIDAD vienen a confirmar cuál fue su verdadera voluntad, pues a partir de 2010, los locales dejaron de pagar los gastos comunes, sin que conste reclamación y objeción alguna por parte de la COMUNIDAD. Solo con la llegada de un nuevo administrador a la COMUNIDAD se produce un cambio en su posición anterior. Dicho administrador reinterpreta el acuerdo de 31-5-2010 pese a sus literales términos y pese a desconocer el proceso de negociación.

Jurisprudencia

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Biblioteca

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