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Casos de éxito

Recurso contencioso-administrativo por incorrecta gestión de comunicación por parte de AEAT

El objeto de este recurso es la resolución del TEAR desestimatoria de la reclamación interpuesta contra la resolución de la Agencia Tributaria

Agencia Tributaria (Foto: Antena 3)

Lucinio Fernández Gil

Licenciado-asesor consultor de empresas en R Montero Asesores y Consultores




Tiempo de lectura: 5 min



Casos de éxito

Recurso contencioso-administrativo por incorrecta gestión de comunicación por parte de AEAT

El objeto de este recurso es la resolución del TEAR desestimatoria de la reclamación interpuesta contra la resolución de la Agencia Tributaria

Agencia Tributaria (Foto: Antena 3)



 

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 21-09-2022
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso – Administrativo
  • Número: 13786
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: AGENCIA TRIBUTARIA, Derecho contencioso – administrativo, HACIENDA PÚBLICA, La Administración Tributaria, PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, Proceso contencioso – administrativo, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.



Comunidad Valenciana, 26-10-2021

El objeto de este recurso es la resolución del TEAR de fecha 26-10-2021 desestimatoria de la reclamación interpuesta contra la resolución de la AEAT inadmitiendo el recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio por importe de 40.703,74€.

Doña Carla solicita la anulación de la resolución del TEAR y de la resolución de la AEAT que inadmitió por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio, refiriendo no ser cierto que la misma fuera notificada en fecha 8-2-2020, al entenderse rechazada la misma tras el transcurso de diez días naturales desde que se puesto a disposición del destinatario el 28-1-2020 en el buzón electrónico asociado a su dirección electrónica, alegando Doña Carla que no le fue notificado su inclusión en el sistema de dirección electrónica habilitada por lo que la notificación electrónica no es válida.



Objetivo. Cuestión planteada.



La anulación de la resolución del TEAR y de la resolución de la AEAT que inadmitió por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio.

La estrategia. Solución propuesta.

Interponer recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del TEAR que desestimó la reclamación.

El procedimiento judicial

  • Orden JurisdiccionalContencioso – Administrativo
  • Juzgado de inicio del procedimientoTribunal Superior de Justicia
  • Tipo de procedimientoRecurso Contencioso-Administrativo.
  • Fecha de inicio del procedimiento21-09-2022

Partes

Parte demandante:

Doña Carla.

Parte demandada:

AEAT.

Peticiones realizadas

Parte demandante:

La anulación de la resolución del TEAR y de la resolución de la AEAT que inadmitió por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio.

Parte demandada:

Se desestime el recurso interpuesto por Doña Carla.

Argumentos

Parte demandante:

Doña Carla, declara no ser cierto que la misma fuera notificada en fecha 8-2-2020, al entenderse rechazada la misma tras el transcurso de diez días naturales desde que se puesto a disposición del destinatario el 28-1-2020 en el buzón electrónico asociado a su dirección electrónica, alegando Doña Carla que no le fue notificado su inclusión en el sistema de dirección electrónica habilitada por lo que la notificación electrónica no es válida.

Parte demandada:

No tenía obligación de notificar a Doña Carla la inclusión en el sistema NEO al quedar derogada la ley 11/07 desde la entrada en vigor de la ley 39/15, norma esta ultima que no exige la referida notificación previa. Y, pese a no tener dicha obligación, en fecha 10-5-2019 se notificó a Doña Carla un comunicado recordando la obligación de relacionarse con la administración por medios electrónicos.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

1.- Copia del acuerdo recurrido.

2.- Copia aval entidad de crédito.

Prueba

Documental.

Estructura procesal

El 26 de octubre de 2021 el TEAR resuelve desestimando la reclamación interpuesta contra la resolución de la AEAT inadmitiendo el recurso de reposición, por lo que el 10 de enero de 2022 Doña Carla interpone recurso contencioso-administrativo contra la misma. El 21 de septiembre de 2022, se dicta sentencia, contra la misma cabe recurso de casación en el plazo de 30 días.

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