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Casos de éxito

Revisión de medidas de apoyo a personas con discapacidad de la actora

Con la intención de garantizar la protección y el bienestar de la actora, designando su representación para tomar decisiones en su nombre en su mejor interés

(Imagen: E&J)

Nuria Domínguez

Letrada senior en Vilches Abogados Especialista en Derecho Civil.




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Casos de éxito

Revisión de medidas de apoyo a personas con discapacidad de la actora

Con la intención de garantizar la protección y el bienestar de la actora, designando su representación para tomar decisiones en su nombre en su mejor interés

(Imagen: E&J)



FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 24-01-2024

Materia: Derecho Civil



Especialidad: / Derecho Civil / Persona física / Capacidad

Número: 14059



Tipo de caso: Caso Judicial



Voces: CAPACIDAD JURÍDICA, Curatela, CURATELA, De personas con discapacidad, La curatela y régimen normativo

Documentos originales presentados

El caso

Supuesto de hecho.

Madrid., 21-09-1994

Este caso implica una revisión de las medidas de apoyo a personas con discapacidad de Dña. Benita, que fueron establecidas en 1994 y que ahora se someten a evaluación a raíz del fallecimiento de su padre en 2020, según lo dispuesto por la nueva Ley 8/2021. Durante el proceso de revisión, se llevan a cabo diversas pruebas, como entrevistas judiciales, audiencias de parientes, informes periciales médicos y psicosociales.

En las vistas judiciales, celebradas en junio y octubre de 2022 y 2023 respectivamente, se ratifican informes periciales y se presentan propuestas para el nombramiento de curadores representativos. La representante legal de Dña. Benita, expresa su deseo de excusarse del cargo y propone a sus hijas como curadoras. La conformidad de la protagonista con esta propuesta se manifiesta en la vista.

Tanto la representación legal como el Ministerio Fiscal solicitan la constitución de una curatela representativa a favor de Dña. Benita, abarcando aspectos personales, sanitarios, económicos y jurídico-administrativos. Se propone que sus hermanas sean nombradas curadoras representativas solidarias, exentas del deber de rendir cuentas anualmente. Finalmente, el caso queda en espera de resolución judicial, tras la presentación de conclusiones por escrito y la conclusión de las actuaciones en enero de 2024.

Objetivo. Cuestión planteada.

Obtener una revisión adecuada de las medidas de apoyo a personas con discapacidad establecidas previamente, asegurando que reflejen su situación actual y sus capacidades reales.

Garantizar la protección y el bienestar de Dña. Benita mediante la designación de curadores representativos que puedan tomar decisiones en su nombre de manera adecuada y en su mejor interés.

Lograr que las medidas adoptadas en relación con la capacidad jurídica de la protagonista sean lo más flexibles y adaptadas posible a sus necesidades individuales, preservando al mismo tiempo sus derechos y autonomía en la medida de lo posible.Principio del formulario

La estrategia. Solución propuesta.

Presentar evidencia sólida y convincente que respalde la capacidad actual de la representada para tomar decisiones en áreas específicas de su vida.

Abogar por la designación de curadores representativos que sean idóneos y estén dispuestos a actuar en el mejor interés de esta, tomando en cuenta las preferencias y necesidades de la misma.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia.
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario.
  • Fecha de inicio del procedimiento: 21-09-1992

Partes

Parte demandante:

– Benita

Parte demandada:

– Hermanas.

Peticiones realizadas

1. Petición de revisión de medidas: Se solicita la revisión de las medidas establecidas en la sentencia de 21 de septiembre de 1994 respecto a Dña. Benita, tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021 el 3 de septiembre de 2021.

2. Realización de pruebas: Se solicita la práctica de varias pruebas, incluyendo entrevista judicial, audiencia de parientes, informe pericial médico forense y prueba psicosocial judicial.

3. Presentación de informes periciales: Se presenta un informe psicosocial y un informe pericial psicológico.

4. Ratificación de informes periciales: Se solicita la ratificación de los informes psicológicos y médico forense en una vista celebrada el 25 de octubre de 2023.

Argumentos

1. Incapacidad: Se menciona que Dña. Mercedes fue tutelada por su padre a los 21 años y que ha necesitado atención psicológica. Esto sugiere que podría haber argumentos relacionados con su capacidad legal para tomar decisiones.

2. Lesiones y discapacidad: Se describe la prematuridad de Dña. Benita y las complicaciones de salud que ha enfrentado, incluyendo la ceguera y la fibrosis pulmonar. Estos detalles podrían ser utilizados para argumentar que las lesiones y discapacidades de Dña. Benita impactan su capacidad para funcionar de manera independiente.

3. Relaciones familiares: Se menciona la tensión en las relaciones familiares, particularmente entre Dña. Benita, su padre y su hija. Estos conflictos podrían ser relevantes para argumentar sobre la necesidad de protección y apoyo para Dña. Mercedes, especialmente dada su situación de discapacidad.

4. Condiciones de vida: Se proporciona una descripción detallada del entorno doméstico de Dña. Mercedes, incluyendo su dormitorio y las comodidades disponibles. Estos detalles podrían utilizarse para argumentar sobre su calidad de vida y las necesidades de apoyo que requiere para vivir de manera segura y cómoda.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

– Sentencia del año 1992.

– Providencia.

– Informe Médico Forense.

– Informe psicosocial.

– Informe pericial.

– Conclusiones Psicosociales.

Prueba

Prueba documental y pericial.

Estructura procesal

– El día 21 de Septiembre de 1992 se interpuso Sentencia.

– El día 18 de Julio de 2022 se interpone Providencia.

– El día 3 de Julio de 2023 se llevó a cabo el Informe Médico Forense.

– El día 24 de Marzo de 2023 se interpuso el Informe psicosocial.

– El día 24 de Marzo de 2023 se alegaron las Conclusiones Psicosociales.

– El día 24 de Enero de 2024 se interpuso auto de revisión de medidas de apoyo.

Resolución Judicial

Jurisprudencia

Biblioteca

Libros

Artículos jurídicos

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