El consentimiento de la compañía aseguradora se prestó cuando el siniestro ya se había producido, debiendo concluirse que el contrato es nulo, por lo que el haberse prestado el consentimiento por parte de la aseguradora de forma viciada, al desconocer tal eventualidad, ninguna eficacia puede otorgarse al seguro formalizado en la póliza emitida en el […]