Después de interpretar los arts. 1566 y 1571 del Código Civil y de aclarar cuáles son las diferencias entre las denominadas “prórrogas contractuales” y la institución de la “tácita reconducción”, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado extinguido un contrato de arrendamiento parciario suscrito hace 50 años entre las partes litigantes por […]